Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Acción Exterior. Becas. (2024060037)
Resolución de 5 de diciembre de 2023 de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de dos becas de formación y práctica en materia de acción exterior de Extremadura, para el año 2024.
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NÚMERO 9
Viernes 12 de enero de 2024

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La Comisión de Valoración, asesorada por el personal técnico especializado que, en su
caso, sea necesario, formulará una serie de cuestiones de carácter general en inglés y
en los idiomas no exigidos como requisito cuyo conocimiento adicional se haya acreditado, al objeto de evaluar su nivel de conocimiento de dichas lenguas. El conocimiento
de la lengua española en ningún caso puntuará para esta prueba oral. La prueba oral de
conocimiento práctico de idiomas se valorará de 0 a 2,5 puntos.
b) Prueba oral de conocimientos técnicos (hasta un máximo de 2,5 puntos):
Las personas solicitantes que superen la prueba de idiomas realizarán una prueba oral,
en español, que permita evaluar su nivel de conocimientos técnicos sobre el temario
del bloque 2 establecido en el anexo III de esta convocatoria. La prueba oral de conocimientos técnicos se valorará de 0 a 2,5 puntos.
3. Se entenderá que la persona solicitante cumple con el requisito de tener un conocimiento
suficiente de la lengua española para el desempeño de la beca establecido en el resuelvo
segundo apartado 1.d) de la presente convocatoria en el caso de que supere la prueba
escrita y la prueba oral de conocimientos técnicos que se desarrollarán íntegramente en
español. En caso contrario, serán excluidos del proceso de selección.
4. Previamente a la realización de cada una de las pruebas, las personas solicitantes deberán
presentar a la Comisión de Valoración el DNI/NIE/Pasaporte o cualquier otro documento
acreditativo de su identidad.
Décimo. Criterios de valoración de la beca en la Oficina de Extremadura en Lisboa.
1. La valoración de las personas candidatas se realizará teniendo en cuenta los méritos aportados, los resultados de la prueba escrita y los resultados de la prueba oral.
2. La Comisión de Valoración solo valorará los méritos alegados y acreditados oportunamente
por las personas solicitantes dentro del plazo de solicitud. Los méritos que no estuvieran
acreditados documentalmente, no serán tomados en consideración por la Comisión para
su valoración.
3. La puntuación máxima a obtener será de 25 puntos, de acuerdo con los criterios siguientes:
Primer criterio: Valoración de méritos aportados, hasta un máximo de 10 puntos, conforme
a lo siguiente:
a) Méritos académicos de la persona solicitante relacionados con la Titulación Universitaria Oficial de Grado requerida por la convocatoria (hasta un máximo de 2 puntos):
La puntuación en este criterio se obtendrá de forma proporcional a la nota media del