Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Salud Pública. Intervención Administrativa. (2024060127)
Resolución de 11 de enero de 2024, de la Consejera, por la que se da publicidad para general conocimiento en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura de la Orden comunicada de la Ministra de Sanidad de 10 de enero de 2024, por la que se aprueba declaración de actuaciones coordinadas en salud pública.
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Viernes 12 de enero de 2024

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CONSEJERÍA DE SALUD Y SERVICIOS SOCIALES
RESOLUCIÓN de 11 de enero de 2024, de la Consejera, por la que se
da publicidad para general conocimiento en el territorio de la Comunidad
Autónoma de Extremadura de la Orden comunicada de la Ministra de Sanidad
de 10 de enero de 2024, por la que se aprueba declaración de actuaciones
coordinadas en salud pública. (2024060127)
El artículo 65.1 de la Ley 16/2003, Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del
Sistema Nacional de Salud, establece que “la declaración de actuaciones coordinadas en salud
pública corresponderá al Ministerio de Sanidad, previo acuerdo del Consejo Interterritorial del
Sistema Nacional de Salud, con audiencia de las comunidades directamente afectadas, salvo
en situaciones de urgente necesidad, en cuyo caso se tomarán las medidas que sean estrictamente necesarias y se le informará de manera urgente de las medidas adoptadas”.
De conformidad con dicho precepto, el día 10 de enero de 2024 se ha dictado por la Ministra de Sanidad “Orden comunicada mediante la que se aprueba declaración de actuaciones
coordinadas en salud pública”. El apartado primero de dicha Orden comunicada declara como
actuaciones coordinadas en salud pública las que figuran en su Anexo I.
Las actuaciones coordinadas en salud pública, de acuerdo con lo previsto en el artículo 65.2
de la Ley 16/2003, tienen carácter obligatorio para las Comunidades Autónomas, resultando
éstas las destinatarias de tal declaración, tal y como se ha señalado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el Auto de 5 de marzo de 2021 dictado en
el Procedimiento Ordinario 1170/2020, en cuyos fundamentos jurídicos se indica que "constituyen el objeto de esta impugnación la Orden del Ministro de Sanidad de 14 de agosto de
2020 mediante la que se aprueba la declaración de actuaciones coordinadas en Salud Pública
para responder ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos
por Covid-19 y el acuerdo del Consejo Interterritorial. Los actos administrativos impugnados
obligan a las Comunidades y Ciudades Autónomas, que son las destinatarias de los mismos, y
a quienes se refieren las obligaciones que se establecen en tales resoluciones". Así, la Comunidad Autónoma de Extremadura debe llevar a cabo una trasposición obligada del contenido
de la citada orden comunicada, todo ello sin perjuicio de la eventual impugnación de las declaraciones de actuaciones coordinadas por parte de las Comunidades afectadas.
En atención a lo expuesto y resultando obligada la aplicación de las actuaciones coordinadas
anteriormente señaladas, al amparo del artículo 26 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General
de Sanidad, del artículo 54.1 de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública,
y del artículo 3 de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en materia