Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Eficiencia Energética. Subvenciones. (2023040391)
Decreto 290/2023, de 29 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, para actuaciones de eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea -NextGenerationEU- y se aprueba la única convocatoria para 2024.
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NÚMERO 9
Viernes 12 de enero de 2024

2012

térmicas de calefacción, climatización y producción de agua caliente
sanitaria.

Todos los valores de rendimientos (SEER, SCOP, etc.) utilizados por

el técnico competente en la elaboración del certificado de eficiencia

del edificio que no sean «por defecto», deberán estar justificados de
la forma siguiente: si el valor seleccionado es «estimado» o

«conocido», deberá aportar el marcado CE o Ficha técnica o etiqueta

energética o Certificado EUROVENT o similar, en todo caso, se deberá
aportar el documento donde figuren los valores utilizados en el
certificado.

b) Sistemas de ventilación natural y forzada.
c) Sistemas de enfriamiento gratuito por aire exterior.
d) Sistemas de recuperación de calor y del aire de extracción y
aprovechamiento de energías residuales.

e) Sistemas que utilicen técnicas evaporativas que reduzcan el
consumo de energía de la instalación: Enfriamiento evaporativo,

condensación evaporativa, preenfriamiento evaporativo del aire de
condensación, enfriamiento evaporativo directo e indirecto previo a
la recuperación de calor del aire de extracción, etc.

No se considerará coste elegible la sustitución de generadores térmicos
por otros que utilicen combustible de origen fósil.

3. Cuantía de las ayudas. El importe de la subvención será la suma de la
Ayuda Base y la Ayuda Adicional que pudiera corresponder en cada

caso, conforme se establece en los apartados siguientes; en cualquier
caso, dicho importe estará sometido a los límites que se establezcan
en la normativa de ayudas de estado:

a) Ayuda Base. La intensidad de la ayuda será la establecida en la tabla
del artículo 7, para la Opción A o la Opción B.