Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064527)
Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud y la Fundación para la Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura para el desarrollo de un Proyecto de gestión de ensayos clínicos y prescripción electrónica asistida en el Servicio de Farmacia Hospitalaria del Hospital Universitario de Badajoz II.
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NÚMERO 8
Jueves 11 de enero de 2024

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La descripción de dicho proyecto y la memoria económica del mismo se encuentra en el anexo
I de este convenio.
Dicho proyecto será llevado a cabo por la Dra. Raquel Medina Comas, farmacéutica del Servicio de Farmacia Hospitalaria del CHUB y que esencialmente tiene como finalidad la intensificación del 100% de la jornada para poder llevar a cabo el desarrollo de los estudios objeto
del convenio.
Segunda. Obligaciones de las partes.
En el desarrollo de la colaboración que se establece por el presente Convenio, ambas partes
asumen las siguientes obligaciones:
1. O
 bligaciones del SES:
— Poner a disposición del Proyecto a la Dra. Raquel Medina Comas cuya participación es
imprescindible, dada su especialidad y cualificación en la materia, liberándole del 100
% de la jornada de trabajo diaria, a excepción de las guardias de atención continuada
que correspondan, a fin de que durante ese periodo pueda dedicarse a la ejecución y
desarrollo del Proyecto que motiva la suscripción del presente convenio.
— Poner a disposición de la investigadora, así como de su equipo aquellas instalaciones y
medios materiales necesarios para la realización del Proyecto.
— Destinar el importe de la transferencia recibida y que asciende a 68.002,57 euros a la
contratación de un Farmacéutico Especialista en Farmacia Hospitalaria, con el fin de
garantizar la cobertura de la labor asistencial que desarrolla en el Servicio de Farmacia
Hospitalaria del Hospital Universitario de Badajoz la Dra. Raquel Medina Comas, durante
el periodo en que ésta se encuentre dedicada al desarrollo del Proyecto de investigación
del presente convenio, de forma tal que el servicio no se vea afectado por la intensificación de la investigadora mediante la contratación del personal necesario para ello.
— Remitir a FundeSalud copia del contrato celebrado entre el SES y el especialista, en un
plazo máximo de un mes desde la formalización del mismo, con el siguiente contenido
mínimo:


*Duración del contrato.



*Tipo de jornada (completa o parcial).



*Retribución.