Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064527)
Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud y la Fundación para la Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura para el desarrollo de un Proyecto de gestión de ensayos clínicos y prescripción electrónica asistida en el Servicio de Farmacia Hospitalaria del Hospital Universitario de Badajoz II.
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NÚMERO 8

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Jueves 11 de enero de 2024

a lo dispuesto en Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de
abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva
95/46/CE.
Esta obligación subsistirá incluso una vez finalizados los trabajos objetos del presente convenio.
Duodécima. Régimen jurídico.
El presente convenio de colaboración, tiene carácter administrativo y se suscribe al amparo de
los artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015, de 30 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, quedando excluido de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas
del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014,
conforme a lo establecido en el artículo 6 de dicha norma, siéndole de aplicación en defecto
de normas específicas, los principios del citado texto legal, para resolver las dudas o lagunas
que pudieran producirse.
Cualesquiera cuestiones que se susciten en cuanto a la aplicación, interpretación y efectos del
presente convenio que pudieran surgir en la aplicación de su contenido serán resueltas por la
Comisión de Seguimiento y, si ello no fuera posible, las cuestiones litigiosas serán resueltas
de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
Y en prueba de conformidad con todo lo establecido en el presente Convenio, ambas partes lo
firman por duplicado en el lugar y fecha indicados en su encabezamiento.

Director Gerente del SES,

Director Gerente de FundeSalud,

D. JESÚS VILÉS PIRIS

D. JOSÉ LUIS GONZÁLEZ SÁNCHEZ