Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064551)
Resolución de 27 de de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Construcción de perreras y cuadras en el alojamiento rural Los Tres Lugares", cuya promotora es Los Tres Lugares, SL, en el término municipal Eljas (Cáceres). Expte.: IA23/0566.
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Jueves 11 de enero de 2024

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recomienda una gestión adecuada de estos residuos que evite la contaminación de las
aguas. En todo caso se cumplirá la normativa relativa a residuos.
— Los residuos de construcción y demolición (RCD) que se generen durante la ejecución
del proyecto, se deberán separar adecuadamente y entregar a una planta de reciclaje autorizada para su tratamiento, cumpliendo en todo caso lo establecido en el Real
Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los
residuos de construcción y demolición, y en el Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el
que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos
de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c. Medidas en fase de explotación.
— Residuos. Los residuos generados en el desarrollo de la actividad deberán ser gestionados conforme a lo establecido en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular.
— Gestión de aguas residuales. Según la documentación aportada por la promotora, la
red de saneamiento estará formada por dos fosas sépticas. Una de ellas dimensionada
para la ocupación. Esta fosa podrá acoger por capacidad, tanto los residuos de todo el
alojamiento como de las cuadras. Ésta será estanca y su mantenimiento y gestión de
los residuos será tratado por empresa especialista y homologada. Por otra parte, el agua
de las perreras será depurada mediante una fosa estanca individual y al igual que la
anterior la recogida se realizará por gestor autorizado.
— Gestión de estiércoles: Para el almacenamiento de los estiércoles generados por los
animales, deberá instalarse estercolero deberá estar ejecutado en hormigón y contará
con un tratamiento impermeabilizante. Se retirará el estiércol de la totalidad de las instalaciones de forma periódica y será depositado en el estercolero. El estiércol generado
será retirado por gestor autorizado. Para la limpieza de los boxes, en el caso de que
estos dispongan de cama de paja, se retirará al estercolero. Para el caso de que se pretenda realizar una limpieza con agua, se utilizará hidrolimpiadora a presión, debiendo
canalizar, mediante la red de saneamiento, las aguas de limpieza a la fosa séptica.
— Tratamiento y gestión de otros residuos y subproductos animales. Los residuos generados en el desarrollo de la actividad deberán ser gestionados conforme a lo establecido
en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía
circular. La eliminación de los cadáveres se efectuará conforme a las disposiciones del
Reglamento (CE) n.º 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de octubre
de 2009 por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos