Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060027)
Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Ampliación de LAMT 4858-04 "Hurdes" de la STR "Montehermoso", de 20 kV, para cierre eléctrico entre Casar de Palomero y Mohedas de Granadilla", a realizar en los términos municipales de Casar de Palomero y Mohedas de Granadilla, en la provincia de Cáceres, cuya promotora es I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA23/0030.
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NÚMERO 7
Miércoles 10 de enero de 2024

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En el informe se hacen una serie de indicaciones en el ámbito de las competencias de
esta Confederación, que serán incluidas en el condicionado del presente informe de impacto ambiental.
— Con fecha de 16 de marzo de 2023, el Servicio de Ordenación del Territorio emite informe en el que indica que, a efectos de ordenación del territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no se detecta afección sobre ningún Plan Territorial ni Proyecto de
Interés Regional con aprobación definitiva (Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo
y Ordenación Territorial de Extremadura, con modificaciones posteriores). Asimismo,
no se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial general (Plan
Territorial), de ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico, Plan Especial
de Ordenación del Territorio) ni de intervención directa (Proyecto de Interés Regional)
de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible
de Extremadura, en vigor desde el 27 de junio de 2019.
— Con fecha de 23 de marzo de 2023, el Servicio de Urbanismo emite informe en el que
indica que en el término municipal de Casar de Palomero se encuentra actualmente
vigente delimitación de suelo urbano, publicado en el BOP el 2 de mayo de 1988. En
el término municipal de Mohedas de Granadilla se encuentra actualmente vigente las
Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Mohedas de Granadilla aprobadas
definitivamente por Resolución de 11 de abril de 2003, de la Comisión de Urbanismo
y Ordenación del Territorio de Extremadura, publicadas en el DOE n.º 100, de 26 de
agosto de 2003.
En virtud de lo establecido en los artículos 143.3.a), 145.1 y 164 de la Ley 11/2018,
de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura,
corresponde a los Municipios de Casar de Palomero y Mohedas de Granadilla realizar el
control de legalidad de las actuaciones, mediante el procedimiento administrativo de
control previo o posterior que en su caso corresponda, comprobando su adecuación a
las normas de planeamiento y al resto de legislación aplicable.
— Con fecha de 10 de mayo de 2023, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas emite informe en el que indica que el proyecto se encuentra en Espacios de
la Red Natura 2000, en concreto, en la Zona Especial de Conservación (ZEC) “Sierras de
Risco Viejo” (ES4320047) y en su radio de afección, considerado como tal un buffer de
1 km entorno a la línea, se encuentran las ZEC “Río Esperaban” (ES4320069) y “Granadilla” (ES4320013).
Este Servicio informa favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible
de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre