Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060022)
Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina, cuya titular es Explotaciones Porcinas Manuel López, SL, en el término municipal de Zalamea de la Serena.
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NÚMERO 7
Miércoles 10 de enero de 2024

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técnicas descritas en los apartados a) o b), y que contribuya a minimizar las emisiones
de gases de efecto invernadero de la granja.
— En el caso de las fosas de nueva ejecución y para reducir las emisiones de amoniaco a
la atmósfera durante el almacenamiento exterior del purín, así como las emisiones de
gases de efecto invernadero, deberán adoptar técnicas que reduzcan, al menos, un 80%
las emisiones de amoniaco con respecto a la técnica de referencia (fosas abiertas y sin
costra natural).
- d - Emisiones contaminantes al suelo y a las aguas subterráneas
1. E
 l ganado porcino estará en todo momento en las naves de secuestro y patios. Estas naves
y patios son las indicadas en el anexo I de la presente resolución. Todas las instalaciones
serán permanentes.
2. L
 a explotación dispondrá de 4.065 m2 de patios de ejercicio con balsa de retención de 73
m3, para la nave 1 y 7.109 m2 de patios de ejercicio con balsa de retención de 90 m3 para
la nave 2. La duración de la estancia de los animales en los patios no superará los 9 meses
al año, permaneciendo el resto del tiempo en descanso y regeneración.
El manejo de los animales en los patios deberá cumplir los siguientes requisitos:
— El arbolado que se encuentre en los patios de ejercicio se protegerá de la incidencia directa por parte de los animales, protegiendo tanto el tronco como las raíces con piedra
y mallazo.
— Con el fin de mejorar la posible erosión y degradación del suelo, se procederá a la siembra de pradera y leguminosa en los periodos de descanso de los patios.
— En los periodos de mayor pluviometría para evitar el arrastre de las deyecciones por el
agua y la erosión de los patios, se recluirán los animales en las naves de secuestro.
3. N
 o se permitirá la construcción o formación de balsas o fosas para la recogida de aguas
de limpieza, deyecciones o cualquier otra agua residual procedentes de las naves de secuestro, corrales y patios de ejercicio, distintas de las descritas en el apartado a.2) y d.2).
4. Q
 uincenalmente se procederá a la retirada de deyecciones y limpieza de suelos, comederos
y bebederos. No obstante, al final de cada ciclo se realizarán vaciados sanitarios de las
instalaciones que albergan los animales.
5. L
 os vestuarios del personal de la explotación se ubicarán antes de la zona de producción,
con una separación clara entre la zona sucia y la zona limpia. Deberán contar con medios