Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064555)
Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Plantación y transformación a regadío de 18,60 hectáreas de almendros y olivar", en el término municipal de Azuaga, cuya promotora es Estudio y Gestión de Explotaciones Agrarias y Cultivo del Pistacho, SL. Expte.: IA22/0076.
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NÚMERO 5
Lunes 8 de enero de 2024

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verse afectado durante el transcurso de las obras, se deberán llevar a cabo las siguientes
medidas preventivas, con carácter previo a la ejecución de las obras:
Realización de una prospección arqueológica superficial con carácter intensivo por equipo
técnico especializado en toda la superficie de las parcelas afectadas, así como en áreas de
servidumbres, zonas de paso para maquinaria, acopios y préstamos para localizar, delimitar y caracterizar los yacimientos arqueológicos, paleontológicos o elementos etnográficos
que pudieran localizarse a tenor de estos trabajos, siguiendo los criterios metodológicos
estipulados a tales efectos. La finalidad de estas actuaciones previas será determinar con
el mayor rigor posible la afección del proyecto respecto a los elementos patrimoniales
detectados.
Una vez realizada esta prospección arqueológica será remitido informe técnico preceptivo
a la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural con copia, en su caso,
al organismo que tuviera delegada esas competencias en función del ámbito de actuación
de la actividad. En el caso de que estos trabajos confirmaran la existencia de restos arqueológicos que pudieran verse afectados por las actuaciones derivadas del proyecto de
referencia, el informe incluirá obligatoriamente una primera aproximación cronocultural de
los restos localizados y se definirá la extensión máxima del yacimiento en superficie.
Una vez recibido el informe señalado en el apartado anterior, se cursará, si procede, visita
de evaluación con carácter previo y con posterioridad se emitirá el preceptivo documento
de viabilidad con indicación de los criterios técnicos y metodológicos que deberán adoptarse por la promotora para el correcto desarrollo de la actividad propuesta.
En virtud de asegurar la transferencia social del conocimiento desprendido tras la puesta
en marcha del programa de medidas preventivas y correctoras establecidas en aras de
mitigar cualquier impacto que el proyecto de referencia pudiese provocar sobre el patrimonio histórico y arqueológico, la promotora del proyecto deberá asumir el desarrollo de
cuántas acciones encaminadas a la difusión, divulgación y socialización del conocimiento se
consideren oportunas a juicio de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio
Cultural a partir de las características que presenten las actuaciones arqueológicas autorizadas. En el caso de implementarse medidas destinadas a tales fines, éstas, aparecerán
recogidas en los correspondientes informes de viabilidad arqueológica emitidos tras la ejecución del programa de medidas preventivas vinculadas al proyecto en trámite.
La Confederación Hidrográfica del Guadiana emite informe de afección al régimen y aprovechamiento de las aguas continentales o a los usos permitidos en terrenos de dominio
público hidráulico (DPH) y en sus zonas de servidumbre y policía.