Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064554)
Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas subterráneas para riego por goteo de 25,78 ha de olivar en las parcelas 25, 26, 29, 30, 45 y 46 del polígono 510", del término municipal de Benquerencia de la Serena (Badajoz). Expte.: IA19/0753.
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Lunes 8 de enero de 2024

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previa del Organismo de cuenca que, en este caso, se tramitará conjuntamente con la
oportuna concesión de aguas públicas.
Durante la fase de ejecución, se habrá producido un impacto sobre las masas de agua
superficiales como consecuencia de la posibilidad de contaminación física por turbidez,
debido al aumento en la concentración de sólidos en suspensión en el agua causada por
el arrastre de elementos finos que quedan libres por las alteraciones del suelo, por los
movimientos de tierra provocadas por la preparación del terreno y la apertura de zanjas para la instalación del sistema de riego y por el tráfico de la maquinaria. Debido al
tiempo transcurrido desde la ejecución de las obras, estos efectos ya son inapreciables.
Según informa la Confederación Hidrográfica del Guadiana, el promotor del proyecto
solicitó, con fecha 12/11/2010, una concesión de aguas subterráneas, que posteriormente fue dividida en dos solicitudes, que actualmente se encuentran en tramitación,
por segregación de la explotación:


— N.º expediente 9106/2010 con una superficie de 11,87 ha (parcelas 25,26,45 y 46
del polígono 510 término municipal Benquerencia de la Serena (Badajoz)), a partir
de tres captaciones (dos ubicadas en la parcela 26 y una en la parcela 25). El volumen solicitado asciende a 19.267,20 m3/año.



— N.º expediente 5813/2013 para el riego de 13,87 ha (parcelas 29 y 30 del polígono
510, término municipal Benquerencia de la Serena (Badajoz)), a partir de tres captaciones (dos ubicadas en la parcela 30 y una en la parcela 29). El volumen solicitado
asciende a 22.287 m3/año.

En cualquier caso, se estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre la
tramitación de las solicitudes de concesión de aguas subterráneas.
En relación con todo lo anterior, la Confederación Hidrográfica del Guadiana considera
que las solicitudes son compatibles con el Plan Hidrológico de cuenca, siempre que se
acredite la disponibilidad de recursos indicada en su propio informe.
El proyecto inducirá en fase de explotación a varios efectos ambientales significativos,
por la práctica del riego y del cultivo, efectos principalmente producidos sobre la cantidad y la calidad del agua derivados de la aplicación del riego, fertilizantes y fitosanitarios. En este sentido, en lo referente a la explotación agraria, se deberán controlar
los posibles impactos ambientales generados principalmente como consecuencia de la
utilización de productos agroquímicos.
A la hora de realizar posibles labores culturales consistentes en la aplicación de fertilizantes, fungicidas y/o plaguicidas, herbicidas, etc., deberán seguirse las recomendacio-