Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064540)
Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas subterráneas para el riego por goteo de una superficie de 176,4862 ha de cultivo de almendros", en el paraje "La Marina", ubicado en el término municipal de Peraleda del Zaucejo (Badajoz). Expte.: IA21/1663.
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Viernes 5 de enero de 2024

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Dada la extensión del proyecto presentado y de cara a caracterizar posibles afecciones
del proyecto sobre el patrimonio arqueológico no detectado en superficie que pudiera
verse afectado durante el transcurso de las obras, concluye el informe proponiendo que
la ejecución del proyecto se condicione al estricto cumplimiento de las medidas preventivas indicadas en su informe y a la asunción de las mismas por parte de la entidad
promotora, que se resumen a continuación:


— Realización de una prospección arqueológica superficial con carácter intensivo por
equipo técnico especializado.



— Una vez realizada esta prospección arqueológica será remitido informe técnico preceptivo a la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.



— Una vez recibido el informe señalado en el apartado anterior, se cursará, si procede,
visita de evaluación con carácter previo y con posterioridad se emitirá el preceptivo
documento de viabilidad con indicación de los criterios técnicos y metodológicos
que deberán adoptarse por el promotor para el correcto desarrollo de la actividad
propuesta.



— El promotor del proyecto deberá asumir el desarrollo de cuántas acciones encaminadas a la difusión, divulgación y socialización del conocimiento se consideren oportunas a juicio de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural a
partir de las características que presenten las actuaciones arqueológicas autorizadas.

3. Con fecha 3 de octubre de 2022, el Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección
General de Urbanismo y Ordenación del Territorio emite informe en el que se indica que
a efectos de ordenación del territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no se
detecta afección sobre instrumento de ordenación territorial con aprobación definitiva
(Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, con modificaciones posteriores, y Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación
territorial y urbanística sostenible de Extremadura, con modificaciones posteriores), ni
alguna otra consideración que se pueda aportar referidas a aspectos ambientales. Si
bien, actualmente se halla en aprobación inicial, por Resolución de la Consejera de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, de 19 de febrero de 2019, el Plan
Territorial de La Campiña (DOE n.º 71, de 11 de abril de 2019), ámbito territorial en
el que se incluye el término municipal de Peraleda del Zaucejo, y que establecerá una
nueva regulación cuando se apruebe definitivamente.
4. Con fecha 19 de octubre de 2022, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad, emite informe de Afección a Red
Natura 2000, con la consideración de informe de evaluación de las repercusiones que