Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Trámites Telemáticos. (2023064556)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se hace pública la disponibilidad de la tramitación por medios electrónicos del procedimiento de "Informe de los planes de inversión en Extremadura, de empresas propietarias de instalaciones de distribución de energía eléctrica" y se publica el modelo de formulario asociado a la tramitación.
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NÚMERO 4
Viernes 5 de enero de 2024

CÓDIGO CIP

P6791

1063

SOLICITUD DE INFORME SOBRE PLANES DE INVERSIÓN
EN EXTREMADURA, DE EMPRESAS PROPIETARIAS
DE INSTALACIONES DE DISTRIBUCIÓN DE
ENERGÍA ELÉCTRICA.

6. DOCUMENTACIÓN Y ARCHIVOS A APORTAR
Los documentos y ficheros que se acompañen, se identificarán en una pantalla o módulo informático y destinado a adjuntar documentación y
ficheros de esta comunicación que se le mostrará en la SEDE una vez se hayan cumplimentado todos los datos de la misma.
Tipo de trámite

Plan de inversión anual

Plan de Inversión plurianual de duración bienal ó trienal

Documentos requeridos a aportar
1,2,3(*)
1,2,3 (*)

Relación de documentos
Documentos y ficheros específicos
1.-Un fichero en formato .zip que contendrá los ficheros del tipo .txt relacionados y recogidos en el Anexo II de la Resolución de la Secretaría de
Estado de Energía (1)
2.-Un fichero de formato .xls (excel,) ó .odt. Fichero de información ampliada, sobre los proyectos incluidos en el plan de inversión que afectan a
la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuya puesta en servicio esté prevista en el periodo BBBB. (2) el contenido se incluye en el Anexo II
3.-Otra documentación complementaria, que posibilite un mejor análisis y/o cualquier otra documentación que resulte obligatoria su
presentación de acuerdo a la reglamentación vigente (a). (*) opcional
(1) relación de Ficheros .txt

(2) Fichero .xls
PI_PROYECTOS_CAEXTREMADURA_R1-XXX.xls Fichero de información ampliada, sobre los proyectos incluidos en el plan de inversión que
afectan a la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuya puesta en servicio esté prevista en el periodo BBBB.
Condiciones bajo las que no será necesario adjuntar a la solicitud ciertos documentos.
-Llamada (a) No será necesaria su presentación, si ha sido emitido por o presentado ante la Administración Pública, siempre que en el Anexo del
que dispone esta solicitud, se indique el órgano que lo emitió o al que se presentó, la fecha de la emisión o presentación y el número del
expediente en el que fue emitido o aportado y se manifieste el consentimiento para su consulta u obtención por el órgano instructor.
Llamada (b): No será necesaria su presentación, si no se manifiesta en el apartado 8, oposición expresa a la comprobación, por parte del órgano
instructor del documento o de sus datos.

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