Universidad De Extremadura. Personal Docente Y De Investigación. (2023064535)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, del Rector, por la que se ejecuta el Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba la Normativa de Planificación de la Dedicación Académica (PDA) del PDI de la Universidad de Extremadura y se ordena su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 3
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Jueves 4 de enero de 2024
para establecer la capacidad docente de horas de clase de cada PDI. Esto no implica que
el “exceso“ de CP de intensificaciones diferentes no pueda ser tenido en cuenta para otras
cuestiones.
La docencia asignada en el curso anterior y que no haya tenido estudiantado matriculado
(DN), se contabilizará en negativo y formará parte del cálculo de la capacidad docente del
PDI.
La Capacidad Docente (CD) del PDI se define de la siguiente manera:
CD=CDI+DN-min(M,Int)
que refleja el número máximo de CP dedicados a horas de clase de cada PDI, teniendo como
referencia que 1CP de profesor equivalen a 25h de trabajo, que se distribuyen en clases (10
horas) y actividades de preparación de las asignaturas asignadas, atención a los estudiantes,
corrección de tareas y exámenes (15 horas).
Dicho lo anterior, en ningún caso cada docente superará los 24 créditos de docencia impartida.
En la tabla siguiente se presentan las Actividades Académicas Básicas (AAB) así como la Capacidad Docente Inicial (CDI) de partida de cada grupo
Distribución de las AAB y CD inicial por grupos
Grupos
AAB-IT
AAB-D
AAB-GD
CDI
G1, G2
16CP
14CP
10CP
24 CP
G3
---
24CP
16CP
24 CP
G4
24CP
16CP
6CP
18 CP
G5 (TC))
---
34CP
6CP
24CP
G5 (TP)
---
10CP
1CP
18 CP
G6
---
6,5CP
0,5CP
12 CP
El PDI deberá completar en el apartado AAB los créditos CP indicados en la tabla anterior
mediante la realización de actividades de entre las recogidas en el ANEXO I.
La CD de partida de cada PDI se podrá reducir según el nivel de intensificación alcanzado en
los tres epígrafes señalados: docencia, investigación y transferencia y gestión y difusión. No
obstante, debido al ajuste económico del capítulo 1 de los presupuestos de la UEx, el límite
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Jueves 4 de enero de 2024
para establecer la capacidad docente de horas de clase de cada PDI. Esto no implica que
el “exceso“ de CP de intensificaciones diferentes no pueda ser tenido en cuenta para otras
cuestiones.
La docencia asignada en el curso anterior y que no haya tenido estudiantado matriculado
(DN), se contabilizará en negativo y formará parte del cálculo de la capacidad docente del
PDI.
La Capacidad Docente (CD) del PDI se define de la siguiente manera:
CD=CDI+DN-min(M,Int)
que refleja el número máximo de CP dedicados a horas de clase de cada PDI, teniendo como
referencia que 1CP de profesor equivalen a 25h de trabajo, que se distribuyen en clases (10
horas) y actividades de preparación de las asignaturas asignadas, atención a los estudiantes,
corrección de tareas y exámenes (15 horas).
Dicho lo anterior, en ningún caso cada docente superará los 24 créditos de docencia impartida.
En la tabla siguiente se presentan las Actividades Académicas Básicas (AAB) así como la Capacidad Docente Inicial (CDI) de partida de cada grupo
Distribución de las AAB y CD inicial por grupos
Grupos
AAB-IT
AAB-D
AAB-GD
CDI
G1, G2
16CP
14CP
10CP
24 CP
G3
---
24CP
16CP
24 CP
G4
24CP
16CP
6CP
18 CP
G5 (TC))
---
34CP
6CP
24CP
G5 (TP)
---
10CP
1CP
18 CP
G6
---
6,5CP
0,5CP
12 CP
El PDI deberá completar en el apartado AAB los créditos CP indicados en la tabla anterior
mediante la realización de actividades de entre las recogidas en el ANEXO I.
La CD de partida de cada PDI se podrá reducir según el nivel de intensificación alcanzado en
los tres epígrafes señalados: docencia, investigación y transferencia y gestión y difusión. No
obstante, debido al ajuste económico del capítulo 1 de los presupuestos de la UEx, el límite