Universidad De Extremadura. Personal Docente Y De Investigación. (2023064535)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, del Rector, por la que se ejecuta el Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba la Normativa de Planificación de la Dedicación Académica (PDA) del PDI de la Universidad de Extremadura y se ordena su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
26 páginas totales
Página
NÚMERO 3
Jueves 4 de enero de 2024



949

— Que al menos 6 meses de su periodo de ejecución correspondan al año en curso,
salvo si el contrato está entre dos años, con menos de 6 meses en cada año, que se
contabilizará en el segundo año.



— Destinar al menos el 70% del importe del contrato (una vez descontado IVA y 10%
de costes indirectos) a gastos de ejecución del contrato, excluyéndose de este concepto las retribuciones al profesorado.

d. Patentes en explotación en el año de evaluación ponderada de igual manera que lo establecido en el ANEXO III (máximo 0,4 CP).
e. Publicaciones de los 6 años inmediatamente anteriores (0,4 CP/publicación (ponderando
según lo establecido en el ANEXO III).
2. G
 rupo G2.
Se contabilizarán hasta un máximo de 2CP (50h). Esta contabilidad se realiza en base al
siguiente baremo:
a. Proyectos investigación competitivo en convocatorias públicas* (activo en el año natural
en el equipo investigador) (máximo 0,4CP).


i. Proyecto internacional: 0,4CP.



ii. Proyecto nacional: 0,2CP.



iii. Proyecto autonómico: 0,1CP.

*Sólo se tendrá en cuenta la participación en un proyecto competitivo (el más favorable).
b. Convenios/contratos (0,05 por convenio/año, máximo 0,2CP). Serán considerados como
tales los contratos autorizados y que estén registrados en el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia al inicio del plazo establecido para la introducción por parte de las
unidades responsables de las actividades académicas a valorar, y que además cumplan
de forma simultánea los siguientes requisitos:


— Encontrarse en ejecución.



— Que al menos 6 meses de su periodo de ejecución correspondan al año en curso.



— Destinar al menos el 70% del importe del contrato (una vez descontado IVA y 10%
de costes indirectos) a gastos de ejecución del contrato, excluyéndose de este concepto las retribuciones al profesorado.