Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Actividades Culturales. Ayudas. (2023064498)
Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas a personas jurídico privadas sin ánimo de lucro, con fines culturales, para la realización de proyectos de actividades de carácter cultural en municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024
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NÚMERO 3
Jueves 4 de enero de 2024

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parte de personas jurídico privadas sin ánimo de lucro, con fines culturales, durante el año
2024, que desarrollen actividades en el ámbito territorial de Extremadura y que contribuyan a la participación de los extremeños en la vida cultural de su territorio.
2. L
 a finalidad de estas ayudas es dinamizar, fomentar, analizar, desarrollar y gestionar acciones culturales en su ámbito competencial; impulsar de una forma definitiva el sector asociativo cultural y a la comunidad cultural extremeña; ofrecer herramientas que favorezcan
la capacidad para generar empleo potenciando la formación, profesionalización y vertebración del sector cultural; estimular la participación del sector privado en la financiación de
proyectos culturales, así como afianzar la conciencia de la identidad extremeña a través de
la investigación, difusión y conocimiento de los valores culturales del pueblo extremeño, y
la promoción y fomento de la cultura en todas sus manifestaciones y expresiones.
Segundo. Régimen jurídico.
1. La convocatoria se regirá por lo previsto en la presente resolución, en el Decreto 47/2017,
de 18 de abril, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de ayudas a
personas jurídico-privadas sin ánimo de lucro, con fines culturales, para la realización de
proyectos de actividades de carácter cultural en municipios de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, así como por lo establecido en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Igualmente, serán de aplicación las normas de carácter básico contenidas en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, así como la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante Ley 39/2015 PACAP), y demás disposiciones básicas del Estado.
Tercero. Beneficiarios y requisitos de los proyectos.
1. Podrán concurrir a la convocatoria las personas jurídico-privadas que reúnan los siguientes
requisitos:
a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Oficial autonómico o nacional
correspondiente.
b) Que se trate de personas jurídico-privadas sin ánimo de lucro.
c) Que realicen proyectos de carácter cultural en municipios de la Comunidad Autónoma
de Extremadura en la forma, tiempo y condiciones que se establecen en la presente
convocatoria.