Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Actividades Culturales. Ayudas. (2023064465)
Extracto de la Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas destinadas a la contratación de gestores culturales por los municipios, entidades locales menores y mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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Jueves 4 de enero de 2024

Cuarto. Cuantía.
Doscientos ocho mil euros (208.000 euros) que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 150020000 G/273A/460.00, proyecto 20140082, fondos CAG0000001 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024.
De conformidad con el artículo 23.2 h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas podrá aumentarse hasta un 20% de la cuantía inicial, o hasta la cuantía que corresponda cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación de crédito,
o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes de resolver la concesión de las
mismas sin necesidad de abrir nueva convocatoria. La cuantía de la subvención será el 50 %
de los costes salariales, cantidad que en ningún caso superará los 15.000 euros, para cada
puesto de trabajo. En caso de que el crédito previsto fuera insuficiente para atender todas las
solicitudes, dicho porcentaje será minorado a todos los beneficiarios por igual, hasta alcanzar
la cantidad total a que se refiere el párrafo primero de este apartado.
La convocatoria es de tramitación anticipada, por lo que quedará subordinada a la existencia
de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales del ejercicio 2024.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Sexto. Otros datos.
El pago de las ayudas se efectuará de la siguiente forma:
— Abono inicial del 50 % del importe total de la subvención concedida cuando se justifique
la contratación del gestor cultural por parte de la entidad beneficiaria.
— Abono del 50% restante del importe total de la subvención concedida una vez justificado
el 50% de la subvención concedida. Las entidades beneficiarias estarán exentas de la
presentación de garantías por los pagos anticipados.
Mérida, 23 de noviembre de 2023.
El Secretario General,
JOSÉ LUIS GIL SOTO