Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064523)
Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de Desarrollo Sostenible, Coordinación y Planificación Hídrica, por la que se formula la declaración ambiental estratégica del Plan Integrado de Residuos de Extremadura (PIREX) 2023-2030. Expte.: IA22/166.
54 páginas totales
Página
NÚMERO 2
Miércoles 3 de enero de 2024
423
– Se
velará por la conservación y mejora de los hábitats localizados fuera de los
espacios de la Red Natura 2000, especialmente los lugares relacionados con la
dehesa.
– Se
recuerdan las obligaciones establecidas en el Real Decreto 630/2013, de 2 de
agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas, relativas a
las medidas de lucha contra las especies exóticas invasoras del catálogo.
– Los
Planes Rectores de Uso y Gestión de los Espacios Naturales Protegidos, tienen
carácter vinculante para administraciones y particulares y prevalecerá sobre el
planeamiento urbanístico y que cualquier plan o programa sectorial que, teniendo
o sin tener relación directa con la gestión de los Espacios Naturales Protegidos,
puedan afectar de forma apreciable a estos espacios requerirá informe preceptivo
y vinculante de la Dirección General de Sostenibilidad.
– Procurar
la conservación del paisaje.
–C
on el fin de facilitar la integración estratégica del paisaje en la toma de decisiones, para la ubicación y diseño de instalaciones, se recomienda llevar a cabo,
estudios de identificación y caracterización de los paisajes singulares de relevancia
regional.
–M
inimizar la afección a elementos del patrimonio histórico, cultural, arqueológico
y etnográfico.
–A
fin de minimizar los efectos negativos de las obras (conlleven movimientos de
tierras) sobre el patrimonio, los estudios de impacto ambiental o documentos
ambientales de cada una de las actuaciones concretas deberán contener toda una
serie de medidas preventivas y correctoras que anulen o minimicen los efectos
negativos sobre el patrimonio.
– En todo momento, se deberá compatibilizar la protección y puesta en valor del
patrimonio histórico y arqueológico de la Comunidad Autónoma con el desarrollo
de proyectos de infraestructuras.
– Protección
del Patrimonio Cultural y bienes de interés público (montes de utilidad
pública, vías pecuarias, etc.).
– Deberá asegurarse con carácter previo el mantenimiento de la integridad superficial, la idoneidad de los itinerarios, y la continuidad de los trazados de las vías
pecuarias.
Miércoles 3 de enero de 2024
423
– Se
velará por la conservación y mejora de los hábitats localizados fuera de los
espacios de la Red Natura 2000, especialmente los lugares relacionados con la
dehesa.
– Se
recuerdan las obligaciones establecidas en el Real Decreto 630/2013, de 2 de
agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas, relativas a
las medidas de lucha contra las especies exóticas invasoras del catálogo.
– Los
Planes Rectores de Uso y Gestión de los Espacios Naturales Protegidos, tienen
carácter vinculante para administraciones y particulares y prevalecerá sobre el
planeamiento urbanístico y que cualquier plan o programa sectorial que, teniendo
o sin tener relación directa con la gestión de los Espacios Naturales Protegidos,
puedan afectar de forma apreciable a estos espacios requerirá informe preceptivo
y vinculante de la Dirección General de Sostenibilidad.
– Procurar
la conservación del paisaje.
–C
on el fin de facilitar la integración estratégica del paisaje en la toma de decisiones, para la ubicación y diseño de instalaciones, se recomienda llevar a cabo,
estudios de identificación y caracterización de los paisajes singulares de relevancia
regional.
–M
inimizar la afección a elementos del patrimonio histórico, cultural, arqueológico
y etnográfico.
–A
fin de minimizar los efectos negativos de las obras (conlleven movimientos de
tierras) sobre el patrimonio, los estudios de impacto ambiental o documentos
ambientales de cada una de las actuaciones concretas deberán contener toda una
serie de medidas preventivas y correctoras que anulen o minimicen los efectos
negativos sobre el patrimonio.
– En todo momento, se deberá compatibilizar la protección y puesta en valor del
patrimonio histórico y arqueológico de la Comunidad Autónoma con el desarrollo
de proyectos de infraestructuras.
– Protección
del Patrimonio Cultural y bienes de interés público (montes de utilidad
pública, vías pecuarias, etc.).
– Deberá asegurarse con carácter previo el mantenimiento de la integridad superficial, la idoneidad de los itinerarios, y la continuidad de los trazados de las vías
pecuarias.