Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064523)
Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de Desarrollo Sostenible, Coordinación y Planificación Hídrica, por la que se formula la declaración ambiental estratégica del Plan Integrado de Residuos de Extremadura (PIREX) 2023-2030. Expte.: IA22/166.
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NÚMERO 2
Miércoles 3 de enero de 2024



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– Se
 velará por la conservación y mejora de los hábitats localizados fuera de los
espacios de la Red Natura 2000, especialmente los lugares relacionados con la
dehesa.



– Se
 recuerdan las obligaciones establecidas en el Real Decreto 630/2013, de 2 de
agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas, relativas a
las medidas de lucha contra las especies exóticas invasoras del catálogo.



– Los

Planes Rectores de Uso y Gestión de los Espacios Naturales Protegidos, tienen
carácter vinculante para administraciones y particulares y prevalecerá sobre el
planeamiento urbanístico y que cualquier plan o programa sectorial que, teniendo
o sin tener relación directa con la gestión de los Espacios Naturales Protegidos,
puedan afectar de forma apreciable a estos espacios requerirá informe preceptivo
y vinculante de la Dirección General de Sostenibilidad.



– Procurar

la conservación del paisaje.



–C
 on el fin de facilitar la integración estratégica del paisaje en la toma de decisiones, para la ubicación y diseño de instalaciones, se recomienda llevar a cabo,
estudios de identificación y caracterización de los paisajes singulares de relevancia
regional.



–M
 inimizar la afección a elementos del patrimonio histórico, cultural, arqueológico
y etnográfico.



–A
 fin de minimizar los efectos negativos de las obras (conlleven movimientos de
tierras) sobre el patrimonio, los estudios de impacto ambiental o documentos
ambientales de cada una de las actuaciones concretas deberán contener toda una
serie de medidas preventivas y correctoras que anulen o minimicen los efectos
negativos sobre el patrimonio.

– En todo momento, se deberá compatibilizar la protección y puesta en valor del
patrimonio histórico y arqueológico de la Comunidad Autónoma con el desarrollo
de proyectos de infraestructuras.


– Protección

del Patrimonio Cultural y bienes de interés público (montes de utilidad
pública, vías pecuarias, etc.).



– Deberá asegurarse con carácter previo el mantenimiento de la integridad superficial, la idoneidad de los itinerarios, y la continuidad de los trazados de las vías
pecuarias.