Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064523)
Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de Desarrollo Sostenible, Coordinación y Planificación Hídrica, por la que se formula la declaración ambiental estratégica del Plan Integrado de Residuos de Extremadura (PIREX) 2023-2030. Expte.: IA22/166.
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Miércoles 3 de enero de 2024

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los objetivos comunes para evitar duplicidad de mensajes, e incluso contradictorios en
algunos casos, y aprovechar sinergias. Estos puntos podrían tratarse en la Comisión de
seguimiento que recoge el Plan.
En el contexto actual sobre la situación que afecta a los residuos en todos sus posibles
orígenes, formas de generación y de gestión, tanto desde un punto de vista normativo,
ambiental, energético, social, económico…, se debe orientar el planteamiento de un
nuevo plan de gestión de residuos a nivel de la Comunidad Autónoma de Extremadura
PIREX 2023 – 2030 como realista pero ambicioso, donde se puedan plantear retos específicos que hagan llegar a los objetivos marcados e incluso buscando sobrepasarlos o
mejorarlos, con la necesaria implicación de todos los sectores de la sociedad.
— Dirección General de Movilidad e Infraestructuras Viarias. Una vez comprobado que se
han tenido en cuenta las sugerencias propuestas, no tenemos ninguna otra consideración que comentar.
— Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio. En relación al asunto de
referencia, en el proceso de consultas a las Administraciones Públicas afectadas y en
respuesta a su solicitud, se informa que no trata ninguno de los ámbitos competenciales del Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección General de Urbanismo
y Ordenación del Territorio de la Junta de Extremadura, en consecuencia, a efectos de
las competencias que tiene atribuidas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, no
se detecta afección sobre instrumento de ordenación territorial aprobado ni alguna otra
competencia de este Servicio (Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, con modificaciones posteriores, y Ley 11/2018, de 21
de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, con
modificaciones posteriores), ni alguna otra consideración que se pueda aportar, sin menoscabo que cualquier actuación, obra o instalación concreta que se realice en el ámbito
de la Comunidad Autónoma de Extremadura derivado del «Plan Integrado de Residuos
de Extremadura (PIREX)», una vez aprobado, debiera realizar su oportuna consulta a
nuestro organismo, como posible administración afectada, con el objeto de emitir informe de idoneidad en cuanto a la compatibilidad con la regulación de nuestro marco
competencial (instrumentos de ordenación territorial).
— ECOEMBES. En relación a los residuos municipales, indica que se considera necesario
que se tengan en cuenta las cantidades de los residuos municipales gestionados por vía
privada, a través de gestores autorizados, como puede ser la recogida complementaria
de residuos de envases (fuera del hogar) de los datos oficiales de Ecoembes para el año
2020. Estos datos se consideran relevantes para completar la información procedente
de la gestión municipal y evitar la infravaloración de las tasas de recogida selectiva y
reciclado, tanto para residuos municipales como para residuos de envases.