Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Información Pública. (2023064533)
Resolución de 20 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se acuerda de forma conjunta la apertura de la fase de consulta pública, sugerencias, así como el periodo de audiencia e información pública, en relación con el proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 160/2018, de 2 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras para el régimen de concesión de subvenciones para actuaciones relacionadas con la fabricación de biocombustibles sólidos a partir de la biomasa en Extremadura.
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Miércoles 3 de enero de 2024

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punto 80 del apartado 4.1.2.1, que las ayudas a combustibles de biomasa solo pueden
aprobarse si cumplen con los criterios de sostenibilidad y reducción de gases de efecto
invernadero establecidos en el artículo 29 de la Directiva (UE 2018/2001).
Por otro lado, de conformidad con el artículo 41.2 del Reglamento (UE) n.º 651/2014,
por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado
interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, tras la modificación efectuada por el Reglamento (UE) 2023/1315 de la Comisión de 23 de junio de 2023, las
ayudas a la inversión para la producción y el almacenamiento de combustible de biomasa quedarán exentas de la obligación de notificación establecida en el artículo 108,
apartado 3, del Tratado únicamente en la medida en que los combustibles subvencionados cumplan los criterios de sostenibilidad y reducción de las emisiones de gases de
efecto invernadero de la Directiva (UE) 2018/2001.
Por tanto, se hace necesario modificar el decreto autonómico a fin de adaptarlo a las
nuevas directrices, y directiva citados, y a las propias exigencias del Reglamento de
exenciones, a fin de acogerse al Reglamento de exenciones por categorías por el que
se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en
aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
c) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
Por las razones expuestas anteriormente es necesario modificar el decreto de bases
reguladora, a fin de adaptarlo a las modificaciones legislativas mencionadas, y finalizar
la convocatoria en curso.
d) Los objetivos de la norma.
El objetivo de la norma es por tanto modificar las bases por las que se regirá la concesión
de subvenciones a las actuaciones a realizar en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura destinadas a la creación, mejora y ampliación de establecimientos
industriales dedicados a la fabricación de biocombustibles sólidos a partir de biomasa,
así como la adaptación de otros establecimientos industriales para la misma finalidad,
cumpliendo con los nuevos condicionantes establecidos en las nuevas Directrices sobre
ayudas estatales en materia de clima, protección del medio ambiente y energía 2022
(2022/C 80/01) y Directiva (UE 2018/2001), así como a la modificación realizada en
el Reglamento (UE) n.º 651/2014, por el que se declaran determinadas categorías de
ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del
Tratado, por el Reglamento (UE) 2023/1315 de la Comisión de 23 de junio de 2023.