Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2023064364)
Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, sobre convocatoria de 2024 de subvenciones destinadas a financiar las actividades de diseño, programación, difusión y evaluación de la oferta formativa para personas trabajadoras autónomas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 2
Miércoles 3 de enero de 2024

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de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, previa modificación del expediente de gasto y publicación del anuncio recogido en
el artículo 39.3 de la citada Ley.
3. En la presente convocatoria se seguirá el procedimiento de tramitación anticipada previsto
en la regla 69 de la Orden de 17 de diciembre de 2020, por la que se aprueba la Instrucción
de Contabilidad para la Junta de Extremadura. En todo caso, la convocatoria queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio de 2024.
Quinto. Actuaciones subvencionables.
Serán subvencionables al amparo de la convocatoria las actividades de diseño, programación,
difusión, y evaluación de la oferta formativa para personas trabajadoras autónomas llevadas a
cabo por las entidades beneficiarias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
1. E
 n particular, serán subvencionables las siguientes actuaciones, vinculadas a la oferta formativa del SEXPE para personas trabajadoras autónomas:
a) Prospección de las necesidades formativas del sistema productivo, a través de informes
y estudios de mercado, en el que se analicen las ocupaciones más demandas y nuevos
yacimientos de empleo, para que la formación que se imparta responda de manera anticipada a los nuevos cambios que pudieran producirse.
b) Elaboración de propuestas de programación de acciones formativas para personas trabajadoras autónomas por parte del SEXPE, por ámbito de los Centros de Empleo, debiendo estar dichas propuestas debidamente fundamentadas.
c) Difusión de la oferta formativa del SEXPE, a través de actividades y actos públicos, difusión en medios de comunicación, información a través de páginas Web.
d) Análisis y valoración de la oferta formativa del SEXPE para personas trabajadoras autónomas.
e) Asesoramiento sobre formación a personas trabajadoras autónomas, a través de jornadas, seminarios y atención individualizada de consultas sobre acciones formativas.
2. El periodo en el que podrán ejecutarse las actuaciones subvencionables será el comprendido entre el día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria en el Diario
Oficial de Extremadura hasta el día 31 de diciembre de 2024, ambos inclusive.