Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2023AC0099)
Acuerdo de 27 de junio de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación puntual n.º 6 del Plan General Municipal de Torrejoncillo, consistente en adaptar los desarrollos urbanísticos previstos en el suelo urbano no consolidado y suelo urbanizable de uso global residencial al régimen simplificado previsto en la disposición adicional 3.ª de la LSOTEX.
132 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 2

547

Miércoles 3 de enero de 2024

Superficies Ámbito UAs 22 y 23
Total Ámbito de Actuación (22 y 23)
Suelo Urbano Consolidado (SUC)
Viario (suelo urbano)
Superficie uso residencial
Suelo Urbano No Consolidado (SUNC)
Suelo Urbanizable (SUB)
Suelo No Urbanizable Común (SNUC)
Aprovechamiento
Total Ámbito de Actuación (22 y 23)
Aprovechamiento SUC (superfici e
suelo residencial x edificabilidad)
Suelo Urbano No Consolidado (SUNC)

Estado actual
22.737,12 m2s
10.726,40 m2s
10.726,40 m2s
12.010,72 m2s
Estado actual
30.787,86 m2t
25.743,36 m2t
(10.726,40x2,4)
5.044,50 m2t
(12.010,72x0,42)
-

Estado modificado
22.737,12 m2s
12.191,37 m2s
959,61 m2s
11.231,76 m2s
324,84 m2s
10.220,91 m2s
Estado modificado
23.814,09 m2t
23.586,70 m2t
(11.231,76 x2,1)
-

Diferencia
0 m2s
+1.464,97 m2s
+505,36 m2s
-12.010,72 m2s
+324,84 m2s
+10.220,91 m2s
Diferencia
-6.973,77 m2t
-2.156,66 m2t
-5.044,50 m2t

227,39 m2t
+227,39 m2t
Suelo Urbanizable (SUB)
(324,84x0,70)
Suelo No Urbanizable Común (SNUC)
Como puede observarse en el estudio comparativo, la ordenación que se propone no
supone un incremento de aprovechamiento en el ámbito de estudio, al respetar casi en
su totalidad los límites establecidos para el suelo urbano consolidado pasando a suelo
no urbanizable casi la totalidad de los suelos situados en las unidades de actuación, y
al haber adscrito los suelos pertenecientes a suelo urbano a la ordenanza R-E, cuya
edificabilidad es 2,1, cuando en la original R-CH era de 2,4.