Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Eléctrica. (2023064487)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Soterramiento de un tramo de la línea aérea de media tensión, de 20 Kv, "Navalmoral" de la ST "Almaraz", entre los apoyos 2167 y 2174". Término municipal: Navalmoral de la Mata (Cáceres). Expte.: AT-9509.
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Martes 2 de enero de 2024

Desmontaje de LAMT. - Como consecuencia de las actuaciones proyectadas podrá desmontarse el tramo de la LAMT “Navalmoral” entre los apoyos existentes 2167 y 2174, de 625 ml.
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en
la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de
desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.
— La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente
autorización, sin la cual no podrán ser ejecutadas.
— La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por administraciones públicas,
organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
El incumplimiento de las condiciones recogidas en esta resolución, por la declaración inexacta
de los datos suministrados o por cualquier otra causa que desvirtúe el objeto de la misma,
podrá suponer su revocación, previa instrucción del correspondiente procedimiento.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de
Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, en un plazo no superior a un mes, conforme
a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Cáceres, 21 de diciembre de 2023.
El Jefe de Servicio de Ordenación
Industrial, Energética y Minera.
PS, El Jefe de Servicio de Normalización
Industrial, Energética y Minera
(Resolución de 24/11/2023 de la Dirección
General de Industria, Energía y Minas),
ELADIO SANABRIA BERNABÉ