Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023064500)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de instalación y puesta en marcha de una planta de valorización de fresado en una instalación de fabricación de aglomerado existente y en funcionamiento, promovido por Cantera Antonio Frade, SL, en el término municipal de Navalmoral de la Mata.
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NÚMERO 1
70
Martes 2 de enero de 2024
RESIDUO
ORIGEN
CÓDIGO
LER(1)
CANTIDAD
PREVISTA (año)
DESTINO
Absorbentes, materiales d
filtración (incluidos los filtros
de aceite no especificados
en otra categoría), trapos de
limpieza y ropas protectoras
contaminados por sustancias
peligrosas
Operaciones de
mantenimiento
15.02.02*
0,5 kg
Entrega a gestor
autorizado
Filtros de aceite
Operaciones de
mantenimiento
16.01.07*
1 kg
Entrega a gestor
autorizado
(1)
LER: Lista Europea de Residuos publicada en la Decisión 2014/955/UE, de 18 de diciembre de 2014 por la que
se modifica la Decisión 2000/532/CE, sobre la lista de residuos, de conformidad con la Directiva 2008/98/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo.
2. L
a generación de cualquier otro residuo no indicado en el apartado b.1, deberá ser comunicada a la Dirección General de Sostenibilidad.
3. L
a gestión de los aceites usados se realizará conforme al Real Decreto 679/2006, de 2 de
junio, por el que se regula la gestión de los aceites industriales usados. En su almacenamiento se cumplirá lo establecido en el artículo 5 de dicho real decreto.
4. L
os residuos peligrosos generados en las instalaciones deberán envasarse, etiquetarse y
almacenarse conforme a lo establecido en los artículos 20 y 21 de la Ley 7/2022, de 8 de
abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. En particular, deberán
almacenarse en áreas cubiertas y de solera impermeable, que conducirá posibles derrames
a arqueta de recogida estanca; su diseño y construcción deberá cumplir cuanta prescripción técnica y condición de seguridad establezca la normativa vigente en la materia.
5. E
l tiempo máximo para el almacenamiento de residuos peligrosos no podrá exceder de
seis meses. Su retirada será por empresa gestora de residuos, autorizada por la Junta de
Extremadura.
- c - Medidas de protección y control de la contaminación atmosférica
1. L
a planta de tratamiento de aglomerado asfáltico consta de 6 focos de emisión significativos, que se detallan en la siguiente tabla:
CLASIFICACIÓN DE FOCOS DE EMISIÓN SEGÚN REAL DECRETO 100/2011
N.º
Denominación
1
Emisión de:
a) Gases de combustión tambor
secador fuel-oil (16,8 MWt)
b) Partículas
2
Emisión de gases de combustión
caldera gasóleo (617 kWt)
Tipo
Grupo
Código
Proceso asociado
B
03 03 13 00
Secado áridos en
la unidad tamborsecador
03 01 03 04
Calentamiento depósitos de betún y
precalentamiento del
fueoil
Confinado
Continuo
C
70
Martes 2 de enero de 2024
RESIDUO
ORIGEN
CÓDIGO
LER(1)
CANTIDAD
PREVISTA (año)
DESTINO
Absorbentes, materiales d
filtración (incluidos los filtros
de aceite no especificados
en otra categoría), trapos de
limpieza y ropas protectoras
contaminados por sustancias
peligrosas
Operaciones de
mantenimiento
15.02.02*
0,5 kg
Entrega a gestor
autorizado
Filtros de aceite
Operaciones de
mantenimiento
16.01.07*
1 kg
Entrega a gestor
autorizado
(1)
LER: Lista Europea de Residuos publicada en la Decisión 2014/955/UE, de 18 de diciembre de 2014 por la que
se modifica la Decisión 2000/532/CE, sobre la lista de residuos, de conformidad con la Directiva 2008/98/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo.
2. L
a generación de cualquier otro residuo no indicado en el apartado b.1, deberá ser comunicada a la Dirección General de Sostenibilidad.
3. L
a gestión de los aceites usados se realizará conforme al Real Decreto 679/2006, de 2 de
junio, por el que se regula la gestión de los aceites industriales usados. En su almacenamiento se cumplirá lo establecido en el artículo 5 de dicho real decreto.
4. L
os residuos peligrosos generados en las instalaciones deberán envasarse, etiquetarse y
almacenarse conforme a lo establecido en los artículos 20 y 21 de la Ley 7/2022, de 8 de
abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. En particular, deberán
almacenarse en áreas cubiertas y de solera impermeable, que conducirá posibles derrames
a arqueta de recogida estanca; su diseño y construcción deberá cumplir cuanta prescripción técnica y condición de seguridad establezca la normativa vigente en la materia.
5. E
l tiempo máximo para el almacenamiento de residuos peligrosos no podrá exceder de
seis meses. Su retirada será por empresa gestora de residuos, autorizada por la Junta de
Extremadura.
- c - Medidas de protección y control de la contaminación atmosférica
1. L
a planta de tratamiento de aglomerado asfáltico consta de 6 focos de emisión significativos, que se detallan en la siguiente tabla:
CLASIFICACIÓN DE FOCOS DE EMISIÓN SEGÚN REAL DECRETO 100/2011
N.º
Denominación
1
Emisión de:
a) Gases de combustión tambor
secador fuel-oil (16,8 MWt)
b) Partículas
2
Emisión de gases de combustión
caldera gasóleo (617 kWt)
Tipo
Grupo
Código
Proceso asociado
B
03 03 13 00
Secado áridos en
la unidad tamborsecador
03 01 03 04
Calentamiento depósitos de betún y
precalentamiento del
fueoil
Confinado
Continuo
C