Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Programas De Apoyo A Familias En Situaciones Especiales. Subvenciones. (2023064455)
Extracto de la Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa de prevención con familias y menores en riesgo social para el año 2024.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
NÚMERO 1

145

Martes 2 de enero de 2024

Tercero. Bases reguladoras.
Con fecha 19 de agosto de 2019, se ha publicado en el Diario Oficial de Extremadura, la Orden
de 6 de agosto del Consejero de Sanidad y Servicios Sociales por la que se regula el Programa
de Prevención con familias y menores en riesgo social y se establecen las bases reguladoras
para la concesión de ayudas a las entidades públicas que lo desarrollen, siendo dichas bases
de aplicación en todo lo no expresamente regulado o previsto en esta convocatoria. La mencionada orden, establece en su capítulo I, la regulación de los aspectos técnicos, metodológicos y profesionales del Programa de Prevención con Familias y Menores en Riesgo Social (en
adelante PROPREFAME o el Programa), y, en su capítulo II, el establecimiento de las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades públicas que los desarrollen.
Cuarto. Financiación y cuantía de la subvención.
El coste total de las acciones previstas en la presente convocatoria asciende a 1.284.948,00
euros imputable al Centro Gestor 110030000, Aplicación Presupuestaria G/252B/46000 Programa de Financiación: 20160095 (Programa de Prevención con Familias y Menores en Riesgo), financiadas con cargo a la transferencia que realizará la Administración General del
Estado en favor de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La asignación económica que
se concede por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para
financiar los gastos ocasionados por el desarrollo del PROPREFAME es de 29.203,36€ para
todas las entidades públicas que resulten beneficiarias. El periodo subvencionado coincidirá
con el ejercicio presupuestario 2024. La presente convocatoria queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones
derivadas de la misma en el ejercicio 2024 de acuerdo con lo dispuesto en la Regla 69 de la
Orden de 17 de diciembre de 2020 por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para
la Junta de Extremadura (DOE n.º 244, de 21 de diciembre de 2020).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura de la resolución de la
convocatoria y de este extracto.
Sexto. Otros datos.
El formulario para la solicitud y demás anexos figuran publicados en el Diario Oficial de Extremadura junto con la Resolución de convocatoria.
Mérida, 5 de diciembre de 2023.
La Secretaria General,
MARÍA DEL PILAR NOGALES PEROGIL
•••