Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Profesional Continua. Subvenciones. (2023064520)
Extracto de la Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, de aprobación de la convocatoria de 2024 de subvenciones destinadas a financiar los costes de la actividad de tutoría en el módulo de formación práctica en centros de trabajo, programado en acciones de formativas conducentes a certificados de profesionalidad y dirigidas prioritariamente a personas ocupadas.
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Martes 2 de enero de 2024

sional para el empleo dirigida a personas ocupadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a su
financiación (DOE n.º 195, 7 de octubre de 2020).
Cuarto. Cuantía.
1. La cuantía máxima de la subvención a conceder a cada centro o entidad de formación beneficiaria para financiar los costes de los tutores del módulo de formación práctica en centros de
trabajo, se determinará mediante el producto del número de horas de prácticas por el número
de alumnos que completan las prácticas y por 3 euros.
2. La cuantía total prevista inicialmente para el período de vigencia de la presente convocatoria asciende a 225.000,00 € con cargo a los créditos autorizados en el proyecto de gasto
20210293 “Certificados de profesionalidad. Cualificaciones y formación profesional. Iniciativas de formación trabajadores ocupados”, de los presupuestos generales de la Comunidad
Autónoma para el ejercicio 2024 y con fuente de financiación Transferencia del Estado.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
La solicitud deberá presentarse en el plazo máximo de dos meses, a contar desde el día siguiente
al de la fecha de finalización del módulo de formación práctica en centros de trabajo por el/la
último/a alumno/a participante del programa de formación, teniendo en cuenta el plazo máximo
de realización de las prácticas y su posible ampliación, según lo previsto en el artículo 20.8 de
la Orden de 23 de septiembre de 2020 y, en todo caso, dentro del periodo máximo de vigencia
de la presente convocatoria.
El plazo máximo de vigencia de la presente convocatoria, a los efectos de presentación de solicitudes, será de un año, a contar desde el día siguiente al de la publicación de ésta y del presente
extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Sexto. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el Diario Oficial de Extremadura junto con la convocatoria, en la página web de la Junta de Extremadura
(https://www.juntaex.es/w/5804?inheritRedirect=true) y en la web del Servicio Extremeño Público de Empleo (www.extremaduratrabaja.juntaex.es), pudiéndose acceder a ellos a través de
Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.
Mérida, 13 de diciembre de 2023.
Secretario General del Servicio Extremeño
Público de Empleo.
PD, Resolución de 14 de septiembre de 2023
(DOE n.º 180, de 19/9/2023),
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO