Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Ganadería. Ayudas. (2023064224)
Resolución de 7 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se establece para el ejercicio 2024, la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de razas autóctonas españolas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Viernes 29 de diciembre de 2023



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— Listado de ganaderos y/o ganaderas con animales inscritos en el libro genealógico de
la raza, así como, de ganaderos y/o ganaderas que participan en las pruebas sobre
calidad genética y control de rendimientos.

e) Declaración responsable de no estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de la subvención, a tenor del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (Anexo I).
f) Certificados de estar al corriente con la Hacienda autonómica y con la Seguridad Social,
en el caso de que la persona interesada no autorice expresamente en la solicitud de la
subvención para que el órgano gestor lo recabe de oficio, de conformidad con el artículo
12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura en redacción dada por el número 2 del artículo 33 de la Ley 5/2022, de 25
de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la
ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos (“DOE” de 29 noviembre).
g) Certificado de estar al corriente con la Hacienda estatal, en el caso de que la persona
interesada no autorice expresamente en la solicitud de la subvención para que el órgano
gestor lo recabe de oficio, de conformidad con el artículo 95.1 k) de la Ley 58/2003, de
17 de diciembre, General Tributaria.
h) D
 ocumentación justificativa de la condición de pyme de la beneficiaria, que podrá consistir en una Declaración responsable del órgano de dirección de la entidad solicitante.
(Anexo I).
i) Declaración responsable de no tener la consideración de empresa en crisis, de acuerdo
con el artículo 2.59) del Reglamento (UE) 2022/2472, de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022.
j) Declaración responsable de no estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras
una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible
con el mercado interior.
k) Si se han recibido o no se han recibido ayudas de mínimis en los dos ejercicios fiscales
anteriores y en el presente ejercicio fiscal de entidades distintas de la Administración
Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
l) Declaración responsable de que la solicitante es una entidad sin ánimo de lucro y por
tanto queda exenta del cumplimiento del requisito introducido en el artículo 13.3 bis de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (Anexo I).