Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Ganadería. Ayudas. (2023064224)
Resolución de 7 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se establece para el ejercicio 2024, la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de razas autóctonas españolas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 248
Viernes 29 de diciembre de 2023

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De conformidad con lo establecido en el artículo 5.3 del Real Decreto 1625/2011, se indica que
las ayudas establecidas en esta resolución son a cargo del Ministerio de Agricultura, Pesca, y
Alimentación en su totalidad.

CLÁUSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS
Se le informa que los datos facilitados en el presente impreso / formulario correspondiente a la
Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Sostenible, en concordancia con la Actividad de
Tratamiento correspondiente incorporada al Registro de Actividades de Tratamientos de la misma,
se tratarán de conformidad con lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos
2016/679 (UE) de 27 de abril de 2016 y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantías de los derechos digitales.
Responsable del tratamiento de sus datos:
- Responsable Junta de Extremadura: Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo
Sostenible.
- Dirección: Av/ Luís Ramallo s/n. 06800 Mérida (Badajoz
- Correo electrónico: informacionagraria@juntaex.es
- Teléfono: 924002131
- Datos de contacto del delegado de protección de datos: dpd@juntaex.es
Finalidades con las que vamos a tratar sus datos personales:
Serán tratados con las siguientes finalidades:
Gestión y resolución de las solicitudes de ayuda.
Legitimación para el tratamiento de sus datos:
La base legal para los tratamientos indicados es:
RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al
responsable del tratamiento. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE
núm. 276, de 18 de noviembre). Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura (DOE núm. 59, de 25 de marzo).
Tiempo que se van a mantener sus datos personales:
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron
y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del
tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y
documentos. Los datos económicos de esta actividad de tratamiento se conservarán al amparo
de lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria.
Destinatarios a los que se comunicarán sus datos:
Podrán ser comunicados a: