Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Sector Vitivinícola. Ayudas. (2023064414)
Resolución de 20 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se efectúa convocatoria de ayudas a las inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización, dentro de la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común, correspondiente al ejercicio 2024.
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Viernes 29 de diciembre de 2023

en el Diario Oficial de Extremadura, y, de forma complementaria, a través de la plataforma
Laboreo (actualmente, https://laboreo.juntaex.es/). Esta comunicación complementaria no
tendrá la consideración de notificación a efectos del procedimiento. Contra esta resolución,
que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona
titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible o, la titular de la
Secretaría General de esta Consejería, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a
la recepción de la notificación de la Resolución, según lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Pública.
Las subvenciones concedidas serán objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es), en la sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura, dentro del
Portal de Subvenciones (actualmente, https:/www.infosubvenciones.es/bdnstrans/All/es/index),
conforme a lo establecido en el artículo 17.1 de la Ley 6/2011 y en el Portal de Transparencia de
la Junta de Extremadura (http:/gobiernoabierto.juntaex.es/), conforme al artículo 11 de la Ley
4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones conforme a lo establecido en el en el artículo 20.8.b) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Noveno. Eficacia y recurso contra la convocatoria.
La presente convocatoria será eficaz el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas
podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la dicta o bien directamente
ante la Consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, quien es la competente
para resolverlo, en el plazo de un mes, contado desde el siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con los artículos 36 i) y 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura sin perjuicio
de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 20 de diciembre de 2023.
La Secretaria General,
MARÍA CONCEPCIÓN MONTERO
GÓMEZ