Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2023064478)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza".
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NÚMERO 248
Viernes 29 de diciembre de 2023

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9. El Comité de Empresa y Delegados de Personal vigilarán el cumplimiento de las normas
vigentes en condiciones de trabajo, seguridad social y empleo y ejercerá, en su caso, las
acciones legales oportunas ante los organismos competentes. Los representantes de los
trabajadores tendrán acceso al cuadro horario, del cual recibirán copia. También accederá a
los modelo TC1 y TC2 de las cotizaciones a la Seguridad Social, al calendario laboral, contratos y a cuantos otros documentos relacionados con las condiciones de trabajo afecten a
los trabajadores/as.
10. El Comité de Empresa y Delegados de Personal vigilarán y controlarán las condiciones de
Salud Laboral en el desarrollo del trabajo.
11. El Comité de Empresa y Delegados de Personal colaborarán con la Mancomunidad Integral
de la Comarca de Olivenza para conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento e incremento de la productividad.
12. El Comité de Empresa y Delegados de Personal informarán a sus representantes en todos
los temas y cuestiones a que se refiere este artículo.
13. Se reconoce al Comité de Empresa y Delegados de Personal colegiadamente por decisión
mayoritaria de sus miembros, legitimación para iniciar como interesados los correspondientes procedimientos administrativos y ejercitar las acciones en vía administrativa o
judicial en todo lo relativo al ámbito de sus funciones.
14. Los miembros del Comité de Empresa y Delegados de Personal y éste en su conjunto
observarán sigilo profesional en todo lo referente a los temas en que la Mancomunidad
Integral de la Comarca de Olivenza señale expresamente el carácter reservado, aún después de expirar su mandato. En todo caso, ningún documento reservado, entregado por
la Mancomunidad podrá ser utilizado fuera del estricto ámbito del mismo o para fines
distintos a los que motivaron su entrega.
15. Los informes que deba emitir el Comité de Empresa o Delegados de Personal a tenor de
las competencias reconocidas, deben evacuarse en el plazo de 10 días.
16. La Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza facilitará, cuando sea preciso, a
los Órganos de Representación del Personal una sala en alguna de las dependencias de la
Mancomunidad para el ejercicio de sus funciones. Así mismo autorizará a sus miembros
el uso de las fotocopiadoras de la Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza y de
todos los medios necesarios para el desarrollo de su actividad, con el visto bueno previo
del Concejal Delegado de Personal.
17. Se entregará una copia básica de los contratos celebrados por la Mancomunidad Integral
de la Comarca de Olivenza,