Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2023064479)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta, de fecha 14 de noviembre de 2023, suscrita por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo del sector de la Construcción y Obras Públicas para Cáceres y su provincia, en la que se acordó el establecimiento de las tablas salariales correspondientes a la anualidad 2024 en el ámbito de aplicación del citado convenio.
5 páginas totales
Página
NÚMERO 248
Viernes 29 de diciembre de 2023

66907

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO
PROVINCIAL DE CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DE LA PROVINCIA
DE CÁCERES
Por CNC CÁCERES-FECONS:
Joaquín Sánchez Chamorro (DNI ***0798**).
Jorge Alarcón Domingo (DNI ***6303**).
Por PYMECON:
José Luis Iglesias Sánchez (***7744**).
Por CC.OO Del HÁBITAT:
Jacinto Mellado García (***9976**).
Sara Medina Borrega (***3673**).
Por UGT FICA EXTREMADURA:
Laura Méndez Castaño (***6859**).
Juan José Pedrazo Mogollón (***6668**).
En Cáceres, en la sede de Cáceres de la Fundación Laboral de la Construcción, siendo las
12:00 horas del día 14 de noviembre de 2023, se reúnen los miembros arriba relacionados.
Primero. El objeto de la reunión de la Comisión Negociadora es la negociación de las tablas
salariales de 2024.
Segundo. Se acuerda por los miembros de la misma la firma de la tabla salarial 2024, que
representa un incremento salarial del 2,75 % respecto a las tablas salariales provinciales del
año 2023, conforme a lo pactado por la Comisión Negociadora del VI Convenio General del
Sector de la Construcción publicada en el BOE de 5 de agosto de 2022.
La vigencia de dicha tabla es de aplicación desde el 1 de enero de 2024 y se adjunta como
anexo I a la presente acta.
Tercero. Asimismo se acuerda por parte de esta Comisión Negociadora los incrementos del
2,75 % correspondientes a los subsectores del Yeso y la Escayola.