Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023064483)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, de autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina promovida por Explotación Porcina Medina, SL, en el término municipal de Medina de las Torres.
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NÚMERO 248
Viernes 29 de diciembre de 2023

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2. S
 i durante la ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico, el
promotor y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente los trabajos,
tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería de Cultura.
3. D
 entro del plazo establecido en el apartado anterior, el titular de la instalación deberá
presentar a la Dirección General de Sostenibilidad solicitud de inicio de la actividad, según
establece el artículo 34 del Decreto 81/2011, de 20 de mayo.
4. E
 n particular y sin perjuicio de lo que se considere necesario, la solicitud referida en el
apartado g.3 deberá acompañarse de:
a) La documentación que indique y acredite qué tipo de gestión y qué gestores autorizados
se harán cargo de los residuos generados por la actividad con el fin último de su valorización o eliminación, incluyendo los residuos asimilables a urbanos.
b) Copia de la licencia de obra, edificación e instalación en caso de que hubiera sido
preceptiva.
c) Autorización para las actividades y usos del suelo previstos en zona de policía de la Rivera Atarja por parte de la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
- h – Vigilancia y seguimiento
Estiércoles:
1. L
 a explotación deberá disponer de Libro de Gestión del Estiércol en el que se anotarán,
con un sistema de entradas (producción) y salidas (abono orgánico, gestor autorizado de
estiércol), los distintos movimientos del estiércol generado por la explotación porcina. En
cada movimiento figurarán: cantidad, contenido en nitrógeno, fecha del movimiento, origen y destino, especificándose las parcelas y el cultivo en que este estiércol se ha utilizado.
2. E
 l Plan de Aplicación Agrícola de Estiércoles será de carácter anual, por lo que, cuando la
Dirección General de Sostenibilidad lo estime conveniente, y de cualquier modo antes del
1 de marzo de cada año, deberá enviarse esta documentación.
3. C
 ualquier modificación en el Plan de Tratamiento y Gestión de Estiércoles inicialmente presentado deberá ser notificado a la mayor brevedad posible de manera que se pueda llevar
a cabo un seguimiento efectivo del mismo.
Residuos:
4. D
 e conformidad con la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para
una economía circular, el titular de la instalación industrial dispondrá de un archivo físico o