Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064232)
Resolución de 12 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para el Desarrollo de las Prácticas Externas de las Enseñanzas Universitarias Oficiales del Grado en Educación Social.
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NÚMERO 248
Viernes 29 de diciembre de 2023

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Sexta. Publicidad.
En todos los elementos que se empleen para la difusión de todos los actos materiales y actividades realizadas en el marco del presente Convenio se hará mención expresa a las Instituciones firmantes del mismo.
Séptima. Vigencia y prórroga.
Este Convenio entrará en vigor desde el momento de su firma, y tendrá una vigencia de cuatro años. En cualquier momento antes de la finalización de plazo mencionado, los firmantes de
este documento pueden acordar unánimemente su prórroga por un período de igual duración.
Octava. Código de conducta.
La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura conoce y comparte el compromiso ético y de buen gobierno de la Universidad de Extremadura
que inspira su sistema de gobierno corporativo y se obliga a respetar íntegramente la legalidad vigente y sus normas internas de conducta, en particular, el Código Ético de la Universidad de Extremadura, en el ámbito de la colaboración de este Convenio.
Asimismo, la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura se compromete, en el ámbito de este Convenio, a no realizar actuaciones que vayan,
directa o indirectamente, en desprestigio de la Universidad de Extremadura.
Ambas partes declaran estar permanentemente comprometidas con la aplicación de prácticas
de gobierno éticas y con el mantenimiento, desarrollo y supervisión de políticas de cumplimiento en todos los ámbitos de su actuación y, de manera muy particular, en el ámbito del
presente Convenio.
Asimismo, las partes se oponen rotundamente a la comisión de cualquier acto ilícito, penal o
de cualquier otra índole e impulsan una cultura preventiva basada en el principio de “tolerancia cero” hacia la comisión de actos ilícitos y situaciones de fraude y en la aplicación de los
principios de ética y comportamiento responsable.
También, las partes emplearán, en todo momento, los más altos estándares de honestidad,
integridad y buena fe.
El incumplimiento de las obligaciones asumidas en esta cláusula será considerado como incumplimiento grave.
Novena. Incumplimiento y resolución.
El incumplimiento de lo estipulado en el presente Convenio, así como la obstaculización de
las labores de inspección que pueda llevar a cabo la Consejería de Educación, Ciencia y For-