Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2023064468)
Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la segunda convocatoria, correspondiente al ejercicio de 2024, de subvenciones previstas en la Línea I del Decreto 155/2022, de 21 de diciembre, destinadas a financiar proyectos de acciones de reskilling y upskilling para la formación de cualificación y recualificación de la población activa en sectores estratégicos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 247
Jueves 28 de diciembre de 2023

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2. P
 ara los proyectos previstos en la letra b), las agrupaciones de empresas, consorcios de
empresas, organismos y entidades sectoriales, de cualquier dimensión, que presenten
proyectos de formación, y, en su caso, de organización de procedimientos previos de
acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral,
para un número conjunto no inferior a 20 trabajadores de las distintas empresas.
A las agrupaciones de empresas se les será de aplicación lo establecido en el artículo
10 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo. Además, cuando se trate de agrupaciones de
empresas sin personalidad jurídica, se aplicarán las reglas contenidas en el artículo 32
del Decreto 155/2022, de 21 de diciembre.
3. P
 ara los proyectos previstos en la letra c), las entidades sin ánimo de lucro que presenten proyectos de formación, y en su caso de acompañamiento para la acreditación de las
competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, para población activa
en búsqueda de empleo, así como para colectivos vulnerables.
Cuarto. Actuaciones subvencionables.
1. P
 odrán ser objeto de subvención los proyectos de formación que estén compuestos por
acciones formativas que, reuniendo los requisitos previstos en el artículo 11 del Decreto 155/2022, de 21 de diciembre, se orienten a los siguientes sectores y/o ámbitos
estratégicos:
a) Los sectores estratégicos recogidos en el Plan de Modernización de la Formación Profesional que se establecen en el anexo II del Decreto 155/2022, de 21 de diciembre.
b) Ámbitos transversales considerados prioritarios en el Plan de Modernización de la Formación Profesional, entre ellos:


b.1.— Digitalización aplicada.



b.2.— Competencias y empleos verdes.

c) Sectores con mayor número de personas en situación de regulación temporal de empleo
(ERTE), relacionados en el anexo del Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, sobre
medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección
de los trabajado­res autónomos.
d) Para los proyectos formativos de entidades sin ánimo de lucro, dirigidos a la población
activa en búsqueda de empleo, así como los colectivos considerados vulnerables, se