Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2023064468)
Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la segunda convocatoria, correspondiente al ejercicio de 2024, de subvenciones previstas en la Línea I del Decreto 155/2022, de 21 de diciembre, destinadas a financiar proyectos de acciones de reskilling y upskilling para la formación de cualificación y recualificación de la población activa en sectores estratégicos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
34 páginas totales
Página
NÚMERO 247
Jueves 28 de diciembre de 2023

66425

ANEXO
IV
ANEXO
I (CONITUNACIÓN)
NO CAUSAR PERJUICIO SIGNIFICATIVO A LOS SEIS OBJETIVOS
MEDIOAMBIENTALES

11. DOCUMENTOS QUE SE APORTAN JUNTO CON LA SOLICITUD:





En el caso de personas jurídicas, documento que acredite las facultades de representación de la persona firmante de la solicitud para actuar
en nombre de la persona solicitante, cuando se haya opuesto a la obtención del citado documento por el órgano gestor. Cuando la entidad no
se oponga a su consulta, para la comprobación de oficio del documento de representación legal por el órgano gestor, la entidad deberá indicar
el Código Seguro de Verificación (CSV) en el anexo de solicitud. En caso de no aportar dicho código, la entidad deberá aportar el documento
de representación. No será necesario aportar este documento cuando se haya formulado declaración responsable en la solicitud sobre la
incorporación y vigencia del mismo en el expedienteEL
deDECLARANTE:
acreditación y/o inscripción en el Registro de Centros y Entidades de Formación
Profesional para la Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura (art. 14.6 del Decreto).
En el caso de personas jurídicas, copia de la escritura pública o documento de constitución y/o los estatutos debidamente legalizados, según
Don/Doña
proceda,
debidamente legalizados e inscritos en el registro correspondiente, a no ser que dicho documento ya se halle en poder de la
Administración, en cuyo
caso deberá indicarse en el apartado correspondiente de la solicitud, haciendo constar en qué momento y ante qué
en
calidad
de1 presentó dicho documento. Se exceptúa de la presentación de estos documentos a las administraciones públicas. No
órgano administrativo
será
connecesario
NIF aportar estos documentos cuando se haya formulado declaración responsable en la solicitud sobre la incorporación y vigencia
de los mismos en el expediente de acreditación y/o inscripción en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para la Empleo
deen
la Comunidad
Autónoma de
representación
deExtremadura (art. 14.6 del Decreto).

□ Certificados
de hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias con el Estado, con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de
con NIF y frente a la Seguridad Social, en el caso de que la persona solicitante no haya autorizado expresamente, marcando la casilla
Extremadura
correspondiente de la solicitud, a la comprobación de oficio de dichos datos por el órgano gestor, a través de redes corporativas o consulta a
las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto.

DECLARA
BAJO
SU RESPONSABILIDAD:
Memoria descriptiva del proyecto
de formación, con
el contenido
mínimo establecido en el Anexo III. (En el supuesto de que el proyecto
contenga
acciones
de
acompañamiento
para
la
acreditación
de las competencias
por lafases
experiencia
laboral ode
vías no
Que la entidad solicitante a la cual representa,
teniendo profesionales
en cuentaadquiridas
todas las
del ciclo
formales de formación, se deberá incluir en la memoria descriptiva del proyecto formativo, toda la información referente a estas acciones
vida
del proyecto
o actividad
a desarrollar,
incluyendo
los recursos humanos
y materiales
destinados a lastanto
mismas)durante su implantación como al final de su



cumplirá
con
el principio
DNSH
de «no
causar un
perjuicio
significativo»
por
□vida
En elútil,
caso de
solicitudes de
subvención
presentadas
agrupaciones
empresariales,
consorcios
de empresas,
organismos yexigido
entidades sectoriales
representen o agrupen(UE)
empresas,
documento por
que suscriban
la agrupación,
en el que conste
la persona designadaycomo
elque
REGLAMENTO
2021/241,
el quepara
se constituir
establece
el Mecanismo
de Recuperación
representante de la agrupación, el compromiso de las empresas agrupadas en relación con la ejecución de la actividad subvencionada y el
Resiliencia

importe de subvención a aplicar, en su caso, a cada una de ellas.
Anexos IV, V, VI y VII establecidos en el artículo 14.3 del Decreto 155/2022, de 21 de diciembre, que, en caso de una agrupación, deberán
estar suscritas por cada una de las empresas miembros de la misma.
1.NO
CAUSA
UNa PERJUICIO
A LOS SEIS OBJETIVOS
– En el caso
de que se recurra
la subcontratación deSIGNIGICATIVO
la actividad formativa subvencionada:

Copia
del
contrato
sin
firmar
para
autorización
previa.
MEDIOAMBIENTALES del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/8522, que se
– Anexos IV, V, VI y VII establecidos en el artículo 14.3 del Decreto 155/2022, de 21 de diciembre firmados por el contratista


enumeran a continuación:

12 DOCUMENTOS QUE NO SE APORTAN JUNTO CON LA SOLICITUD, POR HABER SIDO YA APORTADA ANTE LA ADMINISTRACIÓN

Indicar:

a) Mitigación del cambio climáticoFECHA
- se considera
que una actividad causa un perjuicio significativo
DE
ÓRGANO ADMINISTRACIÓN
EXPEDIENTE
DOCUMENTOdel cambio climático si da lugar a considerables
a la mitigación
emisiones de gasesNºde
efecto
PRESENTACIÓN
invernadero (GEI).
b) Adaptación al cambio climático - se considera que una actividad causa un perjuicio significativo
a la adaptación al cambio climático si provoca un aumento de los efectos adversos de las
condiciones climáticas actuales y de las previstas en el futuro, sobre sí misma o en las
personas, la naturaleza o los activos.
c) Uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos - se considera que una actividad
causa un perjuicio significativo a la utilización y protección sostenibles de los recursos
hídricos y marinos si va en detrimento del buen estado o del buen potencial ecológico de
las masas de agua, incluidas las superficiales y subterráneas, y del buen estado ecológico de
las aguas marinas.

Representante legal, cargo que ostente dentro de la entidad solicitante.
Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al
establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el reglamento
(UE) 2019/2088

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