Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2023064468)
Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la segunda convocatoria, correspondiente al ejercicio de 2024, de subvenciones previstas en la Línea I del Decreto 155/2022, de 21 de diciembre, destinadas a financiar proyectos de acciones de reskilling y upskilling para la formación de cualificación y recualificación de la población activa en sectores estratégicos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 247

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Jueves 28 de diciembre de 2023

ANEXO I (CONITUNACIÓN)
11. DOCUMENTOS QUE SE APORTAN JUNTO CON LA SOLICITUD:











En el caso de personas jurídicas, documento que acredite las facultades de representación de la persona firmante de la solicitud para actuar
en nombre de la persona solicitante, cuando se haya opuesto a la obtención del citado documento por el órgano gestor. Cuando la entidad no
se oponga a su consulta, para la comprobación de oficio del documento de representación legal por el órgano gestor, la entidad deberá indicar
el Código Seguro de Verificación (CSV) en el anexo de solicitud. En caso de no aportar dicho código, la entidad deberá aportar el documento
de representación. No será necesario aportar este documento cuando se haya formulado declaración responsable en la solicitud sobre la
incorporación y vigencia del mismo en el expediente de acreditación y/o inscripción en el Registro de Centros y Entidades de Formación
Profesional para la Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura (art. 14.6 del Decreto).
En el caso de personas jurídicas, copia de la escritura pública o documento de constitución y/o los estatutos debidamente legalizados, según
proceda, debidamente legalizados e inscritos en el registro correspondiente, a no ser que dicho documento ya se halle en poder de la
Administración, en cuyo caso deberá indicarse en el apartado correspondiente de la solicitud, haciendo constar en qué momento y ante qué
órgano administrativo presentó dicho documento. Se exceptúa de la presentación de estos documentos a las administraciones públicas. No
será necesario aportar estos documentos cuando se haya formulado declaración responsable en la solicitud sobre la incorporación y vigencia
de los mismos en el expediente de acreditación y/o inscripción en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para la Empleo
de la Comunidad Autónoma de Extremadura (art. 14.6 del Decreto).
Certificados de hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias con el Estado, con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y frente a la Seguridad Social, en el caso de que la persona solicitante no haya autorizado expresamente, marcando la casilla
correspondiente de la solicitud, a la comprobación de oficio de dichos datos por el órgano gestor, a través de redes corporativas o consulta a
las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto.
Memoria descriptiva del proyecto de formación, con el contenido mínimo establecido en el Anexo III. (En el supuesto de que el proyecto
contenga acciones de acompañamiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral o vías no
formales de formación, se deberá incluir en la memoria descriptiva del proyecto formativo, toda la información referente a estas acciones
incluyendo los recursos humanos y materiales destinados a las mismas)
En el caso de solicitudes de subvención presentadas agrupaciones empresariales, consorcios de empresas, organismos y entidades sectoriales
que representen o agrupen empresas, documento que suscriban para constituir la agrupación, en el que conste la persona designada como
representante de la agrupación, el compromiso de las empresas agrupadas en relación con la ejecución de la actividad subvencionada y el
importe de subvención a aplicar, en su caso, a cada una de ellas.
Anexos IV, V, VI y VII establecidos en el artículo 14.3 del Decreto 155/2022, de 21 de diciembre, que, en caso de una agrupación, deberán
estar suscritas por cada una de las empresas miembros de la misma.
En el caso de que se recurra a la subcontratación de la actividad formativa subvencionada:
– Copia del contrato sin firmar para autorización previa.
– Anexos IV, V, VI y VII establecidos en el artículo 14.3 del Decreto 155/2022, de 21 de diciembre firmados por el contratista

12 DOCUMENTOS QUE NO SE APORTAN JUNTO CON LA SOLICITUD, POR HABER SIDO YA APORTADA ANTE LA ADMINISTRACIÓN

Indicar:
DOCUMENTO

FECHA DE
PRESENTACIÓN

ÓRGANO ADMINISTRACIÓN

Nº EXPEDIENTE