Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Relaciones De Puestos De Trabajo. (2023050232)
Orden de 15 de diciembre de 2023 por la que se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
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Jueves 28 de diciembre de 2023

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CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
ORDEN de 15 de diciembre de 2023 por la que se modifica puntualmente
la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de
Educación, Ciencia y Formación Profesional. (2023050232)
Las relaciones de puestos de trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a
través de las cuales las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan la dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación
de los servicios encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos
para el desempeño de cada puesto, así como sus características.
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que “las
Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de
trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su
caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias.
Dichos instrumentos serán públicos”.
En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura
dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de
acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.
De acuerdo con ello, y teniendo en cuenta que, con el comienzo de cada curso escolar es
necesario ajustar los efectivos disponibles del personal perteneciente a las categorías profesionales de ATE-Cuidador, tanto en su número como en su localización geográfica, mediante
la presente orden se procede ajustar las variaciones experimentadas en los distintos centros
educativos de Extremadura para el presente curso escolar 2023-2024, aplicando, en este
sentido, respecto a la gestión de listas de espera, el criterio de zonificación, previsto en el V
Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura, de acuerdo
con los cambios puntuales que, curso tras curso, se producen, en relación con la cobertura
temporal de estos puestos.
De este modo, se procede al correspondiente reajuste de puestos, con ocasión de la disminución o desaparición de necesidades educativas especiales del alumnado, en aquellas zonas
que obligan a la supresión de los mismos, sin perjuicio de que, una vez iniciado el curso, se
concrete definitivamente el número de alumnos escolarizados, y se proceda, consecuente-