Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064462)
Corrección de errores de la Resolución de 18 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Cambio de uso forestal a agrícola para implantación de olivar sobre 8,8666 ha", cuyo promotor es Abonos Orgánicos El Puerto de Robledo, SL, en el término municipal de Robledollano. Expte.: IA22/0504.
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Jueves 28 de diciembre de 2023

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE

CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 18 de septiembre de 2023,
de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe
de impacto ambiental del proyecto "Cambio de uso forestal a agrícola para
implantación de olivar sobre 8,8666 ha", cuyo promotor es Abonos Orgánicos
El Puerto de Robledo, SL, en el término municipal de Robledollano. Expte.:
IA22/0504. (2023064462)
Apreciado error en el texto de la Resolución de 18 de septiembre de 2023, de la Dirección
General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto
“Cambio de uso forestal a agrícola para implantación de olivar sobre 8,8666 ha”, a ejecutar en
el término municipal de Robledollano, provincia de Cáceres, publicada en el Diario Oficial de
Extremadura n.º 186, de 27 de septiembre de 2023, se procede a su oportuna rectificación:
En la página 51120:
Donde dice:
“6. 
Las labores propias de desbroce, podrán realizarse mediante un laboreo o gradeo
superficial sin volteo de horizontes, en aquellas zonas con pendientes inferiores al
15 %. En zonas con pendientes superiores a este valor, se deberá evitar el riesgo de
producirse efectos erosivos como consecuencia de la remoción del terreno, pudiendo
aplicarse técnicas menos agresivas para la eliminación de la vegetación, como el uso
de desbrozadoras de cadenas o martillos acopladas a la toma de fuerza de un tractor,
y preparaciones del terreno que no impliquen una remoción del suelo continua, tales
como los subsolados o ahoyados puntuales. La plantación se hará en marco de 5 x 5 m
o superior”.
Debe decir:
“6. 
Las labores propias de desbroce, podrán realizarse mediante un laboreo o gradeo
superficial sin volteo de horizontes, en aquellas zonas con pendientes inferiores al
15 %. En zonas con pendientes superiores a este valor, se deberá evitar el riesgo de
producirse efectos erosivos como consecuencia de la remoción del terreno, pudiendo
aplicarse técnicas menos agresivas para la eliminación de la vegetación, como el uso
de desbrozadoras de cadenas o martillos acopladas a la toma de fuerza de un tractor,
y preparaciones del terreno que no impliquen una remoción del suelo continua, tales
como los subsolados o ahoyados puntuales”.
Mérida, 19 de diciembre de 2023.
El Director General de Sostenibilidad,
GERMÁN PUEBLA OVANDO