Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Notificaciones. (2023081874)
Anuncio de 9 de noviembre de 2023 por el que se notifica, mediante publicación, el requerimiento de subsanación de solicitudes de ayuda para los expedientes acogidos al Decreto 171/2022, de 30 de diciembre, modificado por el Decreto 63/2023, de 24 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para actuaciones en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE NextGeneration EU y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 247
Jueves 28 de diciembre de 2023

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ANUNCIOS
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE

ANUNCIO de 9 de noviembre de 2023 por el que se notifica, mediante
publicación, el requerimiento de subsanación de solicitudes de ayuda
para los expedientes acogidos al Decreto 171/2022, de 30 de diciembre,
modificado por el Decreto 63/2023, de 24 de mayo, por el que se establecen
las bases reguladoras de las subvenciones para actuaciones en el área de
influencia socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE
NextGeneration EU y se aprueba la única convocatoria. (2023081874)
Mediante el Decreto 171/2022, de 30 de diciembre (DOE n.º 49, de 13 de marzo de 2023),
modificado por el Decreto 63/2023, de 24 de mayo (DOE n.º 103, de 31 de mayo), se convocó, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones para actuaciones
en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe en el marco del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE NextGeneration EU.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes de la ayuda, y una vez examinadas las solicitudes recibidas y revisada la documentación aportada por cada uno de los interesados, el
artículo 10.7 del mencionado decreto indica que, si la solicitud no reúne los requisitos establecidos, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se requerirá al interesado para
que en el plazo máximo e improrrogable de diez días, subsane la falta o acompañe la documentación que se determine, con indicación de que, si así no lo hiciese, de conformidad con
lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se le tendrá por desistido en su solicitud,
previa resolución que deberá dictarse en los términos previstos en el artículo 21 de la citada
ley. La presentación de la documentación deberá realizarse a través del Registro Electrónico
General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura
https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf, sin perjuicio de lo dispuesto
en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en lo relativo al uso de otros registros electrónicos.
En virtud de lo establecido en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas mediante la publicación del
presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura se procede a la notificación de reque-