Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2023AC0095)
Acuerdo de 25 de mayo de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva del Plan General Municipal "simplificado" de Millanes.
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NÚMERO 247
Jueves 28 de diciembre de 2023

66236

Construcciones e instalaciones para equipamiento, dotaciones y servicios que deban
emplazarse en el Suelo No Urbanizable:
Infraestructuras y sistemas generales:

Infraestructuras básicas del territorio e instalaciones constitutivas de sistemas generales municipales
que parcial o totalmente deban implantarse en el Suelo No Urbanizable se regirán por la normativa
sectorial que les sea de aplicación

Superficie mínima

1,5 ha. Salvo determinaciones previstas en normativa de rango
superior o sectorial aplicables

Retranqueo a linderos

15 metros

Tipología de Edificación

Aislada

Edificabilidad Máxima:

0.04 m2/m2

Ocupación máxima

2%

Altura máxima

7,00 m a cumbrera, salvo que las características específicas
derivadas de su uso hicieran imprescindible superarla.

Numero de plantas

2

Entreplanta

Permitido

Sótano

Permitido

Semisótano

Permitido

-Instalaciones asociadas al medio natural:
Instalaciones de cualquier naturaleza que, por la actividad que vayan a realizar, tengan que estar
asociadas al medio natural. Se pueden citar a título informativo: piscifactorías, granjas-escuelas,
campamentos de turismo, Alojamientos en la tipología de Rurales, Centros de Interpretación o
Información, escuelas agrarias.

-Residencias para mayores, centros de rehabilitación, cementerios y construcciones
deportivas o de ocio.
Las condiciones de las instalaciones turísticas en suelo no urbanizable serán las indicadas en los artículos
32, 33,34 y 35 del Plan Territorial.