Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064342)
Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la Mancomunidad de Municipios Vegas Altas para el funcionamiento y mantenimiento de una Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible.
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NÚMERO 246
Miércoles 27 de diciembre de 2023

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dar respuesta a la realidad social y económica extremeña y a los problemas de su ordenación
territorial y urbanística, con el fin instrumentar las medidas adecuadas para satisfacer los
objetivos de vertebración territorial, ordenación urbana y cohesión social que los artículos 45,
46 y 47 de la Constitución definen como principios rectores en esta materia.
Segundo. Las Oficinas Técnicas de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible se definen
en la propia Ley 11/2018, de 21 diciembre LOTUS, como oficinas técnicas de ámbito supramunicipal, vinculadas a la Administración, que prestan asistencia técnica y jurídica a los municipios en materia de ordenación, gestión y disciplina urbanística y territorial, que contarán,
al menos, con profesionales con la cualificación precisa para la redacción de instrumentos
de ordenación territorial y urbanística, instrumentos de gestión y la evacuación de informes
técnicos y jurídicos.
El urbanismo es una materia sumamente compleja, puede que la que más en materia administrativa, en la que es necesario un equipo de profesionales altamente especializado para prestar asesoramiento a las personas que ocupan la alcaldía, secretaría y servicios técnicos municipales (si los hay), apoyo que se hace especialmente importante en pequeños municipios.
La Comunidad Autónoma de Extremadura ha sido pionera en el impulso de las mancomunidades para mejorar los servicios urbanísticos de las entidades locales, potenciando equipos
integrados por diversos profesionales especializados en la materia. Cumpliendo además con
el mandato legal previsto en el apartado 4 del artículo 4 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre LOTUS, en virtud del cual la Junta de Extremadura “podrá prestar asistencia técnica
y económica a la actividad urbanística de los municipios que posibilite el ejercicio efectivo
y pleno de las competencias locales en la materia. A tal efecto se impulsará la articulación de una red territorial de Oficinas Técnicas Urbanísticas, cuyas funciones se establecerán
reglamentariamente”.
Cada uno de esos equipos constituye una Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial
Sostenible (en lo sucesivo OTUDTS), próxima a cada uno de los ayuntamientos que conforman la Mancomunidad y cercana en todo momento a los vecinos, tratando de resolver sus
consultas e inquietudes, con la idea clara de prestar un servicio de calidad a la altura de otras
poblaciones de gran tamaño.
Tercero. La Mancomunidad de Municipios Vegas Altas ostenta competencias en materia urbanística en los términos establecidos en su propio Estatuto y de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 25.2.a) y 44 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
régimen Local.
Cuarto. Los municipios concernidos constituyen un conjunto de localidades, cuya carencia
de recursos económicos dificulta la contratación de personal especializado con que atender
adecuadamente al cumplimiento de sus respectivas competencias en materia de urbanismo.