Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064341)
Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la Mancomunidad Integral Valle del Jerte para el funcionamiento y mantenimiento de una Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible.
18 páginas totales
Página
NÚMERO 246
Miércoles 27 de diciembre de 2023

65790

3. L
 os Municipios integrantes de la Mancomunidad, podrán solicitar a la OTUDTS la asistencia técnica y jurídica necesaria para la redacción y tramitación de los instrumentos
de planeamiento y ejecución que vayan o se estén tramitando en los mismos. Los documentos serán elaborados en aras a la satisfacción del interés general y tendrán en
cuenta los principios y fines regulados en la legislación de suelo estatal y autonómica.
La OTUDTS deberá llevar a cabo un seguimiento permanente de los trabajos de redacción de los Planes Generales Municipales y de su tramitación administrativa, incluida
su tramitación ambiental, hasta su aprobación definitiva por el órgano autonómico o
municipal competente en cada caso. El equipo técnico de la OTUDTS debe desarrollar
una importante labor en este sentido, llevando a cabo reuniones periódicas, manteniendo al menos una cada 6 meses a la que asistirán miembros del equipo redactor,
representantes del equipo de gobierno municipal asistidos por el técnico municipal, si
el municipio dispone de dicho empleado público, y al menos uno de los coordinadores
de las OTUDTS. Pudiendo requerirse la asistencia técnica y/o jurídica del personal de la
OTUDTS en los Plenos Municipales que se celebren con objeto de la aprobación del Plan.
4. C
 olaborar, en los términos que se establezcan por la Dirección General de Urbanismo,
Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, con los diferentes registros contemplados
en la legislación Urbanística.
5. C
 uantas otras tareas que, en relación con el objeto del presente convenio, les sean
confiadas previa conformidad de la Mancomunidad y de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, y en todo caso las especificadas en
la cláusula quinta del presente Convenio.
Para el cumplimiento del objeto del presente convenio la Mancomunidad tendrá las siguientes
obligaciones en materia de Urbanismo y Ordenación del Territorio:
1. A
 portar a la financiación de este convenio la cantidad de doce mil ciento sesenta y seis
euros con seis céntimos (12.166,06 €).
2. D
 estinar los fondos aportados por esta Consejería para la financiación de los gastos de
personal de naturaleza salarial y la cuota empresarial de la seguridad social. Quedan excluidas de estos gastos aquellas retribuciones que carezcan de naturaleza salarial, como
indemnizaciones, dietas o premios, así como cualquier género de recargos, intereses,
sanciones o cualquier tipo de ingreso que hubiere de realizarse a favor de la Tesorería
General de la Seguridad Social que no se derive de la obligación de cotizar propia del
empleador.