Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064343)
Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la Mancomunidad Integral de Servicios Vegas Bajas y la Mancomunidad Integral Lácara-Los Baldíos para el funcionamiento y mantenimiento de una Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible.
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NÚMERO 246
Miércoles 27 de diciembre de 2023

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b) Un segundo abono de un 25% de la cantidad aportada por la Consejería al convenio,
previa presentación por la Mancomunidad de los justificantes que acrediten que se han
realizado gastos por cantidad igual o superior al 25% de la aportación total realizada
por esta Consejería.
c) Un tercer y último abono de un 25% de la cantidad aportada por la Consejería al
convenio, que se realizará en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2023
el 31 de diciembre de 2023, y que estará condicionado a la previa justificación por la
Mancomunidad del 50% del importe total de la aportación realizada por esta Consejería.
Se establece como fecha máxima para la presentación de los justificantes acreditativos del
resto de los gastos realizados por la Mancomunidad, el 1 de marzo de 2024, incluido éste.
Las Mancomunidades están exentas de la obligación de constituir garantía por los citados pagos anticipados conforme dispone la disposición adicional cuarta letra b) de la Ley
5/2007, de 19 de Abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.
Las Mancomunidades asumirán cuantos costes de personal y gastos excedan de la aportación realizada por la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. L
 os gastos y pagos realizados por las Mancomunidades para el funcionamiento y mantenimiento de la OTUDTS se justificarán mediante la presentación de certificación expedida por
la persona titular de la Secretaría – Intervención de la Mancomunidad Integral de Servicios
Vegas Bajas y los justificantes acreditativos.
Los justificantes de los gastos y pagos realizados por las Mancomunidades con cargo al
presente convenio deberán ser custodiados por esta entidad local, como mínimo, hasta
el año 2028, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control,
pudiendo ser solicitados, en cualquier momento, por la Consejería o la Intervención
General de la Junta de Extremadura en el ejercicio de sus competencias de control del
gasto público.
Novena. Seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes.
Para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio las partes firmantes nombran responsable del mismo a la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del
Territorio y Agenda Urbana, que tendrá las facultades necesarias para supervisar su ejecución
y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta
realización de las actuaciones convenidas.