Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Inclusión Social. Subvenciones. (2023064466)
Extracto de la Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones destinadas a financiar programas de inclusión social para colectivos en situación o riesgo de exclusión social para el año 2024.
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NÚMERO 246
Miércoles 27 de diciembre de 2023

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EXTRACTO de la Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Secretaría
General, por la que se convocan subvenciones destinadas a financiar programas
de inclusión social para colectivos en situación o riesgo de exclusión social
para el año 2024. (2023064466)
BDNS (Identif.): 734370
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria,
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index) y en el presente DOE.
Primero. Beneficiarias.
Podrán obtener la condición de beneficiaria de estas subvenciones, las entidades del Tercer Sector Social definidas en el artículo 2 de la Ley 10/2018, de 22 de noviembre, del
Tercer Sector Social de Extremadura, y la Cruz Roja Española, que cumplan los requisitos
previstos en el apartado tercero de la resolución de convocatoria. Quedan excluidas de
estas subvenciones las entidades de derecho público adscritas o vinculadas a una administración pública, las universidades, los partidos políticos y las fundaciones de ellos
dependientes, los colegios profesionales, las cámaras oficiales de comercio, industria y
navegación, las sociedades civiles, las organizaciones empresariales y los sindicatos, así
como otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente.
Segundo. Objeto.
Financiación de programas de inclusión social para colectivos en situación o riesgo de exclusión social. Se subvencionarán con cargo a la convocatoria la financiación, total o parcial,
de los programas de inclusión social para colectivos en situación o riesgo de exclusión social
establecidos en el apartado Segundo de la resolución de convocatoria que desarrollen las entidades del Tercer Sector Social y Cruz Roja Española en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
De conformidad con el apartado segundo de la resolución de convocatoria, para el año 2024 y
en aplicación de lo dispuesto en el artículo 3.4 de la Orden de 24 de mayo de 2021 por la que
se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar programas de
inclusión social para colectivos en situación o riesgo de exclusión social, no serán subvencionables los programas de inclusión social que tengan como destinatarios al colectivo de personas beneficiarias de la Renta Extremeña Garantizada y de otras prestaciones de garantía de