Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023064372)
Resolución de 8 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de gestión de residuos no peligrosos, cuya promotora es Natuyser, SL, en el término municipal de Almendralejo (Badajoz).
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NÚMERO 245
Martes 26 de diciembre de 2023

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2. D
 eberá en todo momento cumplir con los niveles sonoros máximos permitidos según lo
indicado en el decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones. Para ello deberá establecer las medidas de atenuación adecuadas en caso de ser
necesarias.
3. L
 a actividad desarrollada no superará los objetivos de calidad acústica ni los niveles de
ruido establecidos como valores límite en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre,
por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a
zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
4. E
 l horario de trabajo será diurno.
5. S
 e podrán requerir medidas correctoras adicionales para evitar la generación de ruidos a
parcelas colindantes en caso de provocar molestias a las mismas.
- f - Medidas relativas a la prevención, minimización y control de las contaminación
lumínica
1. S
 egún la documentación aportada las instalaciones disponen de seis luminarias de 150 W
cada una. Esto hace un total de 900 W, por lo que estarían exentas de la aplicación del
Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, ya que tiene instalados menos de 1 kW de
potencia.
2. E
 l horario de funcionamiento será horario diurno.
- g - Plan de ejecución
1. E
 n el caso de que el proyecto, instalación o actividad no comenzará a ejecutarse o desarrollarse en el plazo de 5 años, a partir de la fecha de otorgamiento de la AAU, la DGS, previa
audiencia de la titular, acordará la caducidad de la AAU, conforme a lo establecido en el
artículo 63 de la Ley 16/2015, de 23 de abril.
2. D
 entro del plazo indicado en el apartado anterior, la titular de la instalación deberá remitir
a la DGS solicitud de inicio de la actividad según lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, con la documentación citada en dicho artículo, y en particular:
a) La documentación que indique y acredite qué tipo de gestión y qué gestores autorizados
se harán cargo de los residuos generados por la actividad con el fin último de su valorización o eliminación.
b) El certificado de cumplimiento de los requisitos de ruidos establecido en el artículo
26 del Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de reglamentación de ruidos y vibraciones,