Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023064370)
Resolución de 8 de diciembre de 2023, la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de fábrica de piensos, cuya promotora es Coto Romo de Azuaga, SL, en el término municipal de Azuaga.
17 páginas totales
Página
NÚMERO 245
Martes 26 de diciembre de 2023

65361

Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la solicitud
de Autorización Ambiental Unificada (AAU) del proyecto de fábrica de piensos, se somete a
información pública durante 20 días hábiles mediante anuncio de 16 de junio de 2023 publicado en el DOE número 125 de 30 de junio de 2023. Durante dicho trámite, no se recibieron
alegaciones.
Quinto. Mediante escrito registrado de salida con fecha 19 de junio de 2023, se remite la
solicitud de AAU al Ayuntamiento de Azuaga, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la
adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia,
en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 4 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.
Sexto. El Ayuntamiento de Azuaga emite informe favorable con fecha 3 de agosto de 2023 y
firmado por la Técnico municipal.
Séptimo. En cumplimiento 16.7 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha 8 de noviembre de 2023 se emitió
propuesta de resolución, la cual fue notificada a la promotora y al ayuntamiento en cuyo
territorio se ubica la instalación para que, en un plazo máximo de diez días, manifestaran lo
que tuvieran por conveniente respecto a su contenido, no habiéndose recibido hasta la fecha
pronunciamiento alguno.
Octavo. A los anteriores antecedentes de hecho, le son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. Es órgano competente para la resolución del presente procedimiento la Dirección
General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, en virtud de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de conformidad con el artículo
7.1 Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto
77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23
de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
en particular en la categoría 3.2.b del anexo II, relativa a “Instalaciones para tratamiento
y transformación, diferente al mero envasado, de las siguientes materias primas, tratadas
o no previamente, destinadas a la fabricación de productos alimenticios o piensos a partir
de materia prima vegetal, sean fresca, congelada, conservada, precocinada, deshidratada o