Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2023064227)
Resolución de 7 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento del empleo de las personas en situación de exclusión social a través de empresas de inserción de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2024.
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NÚMERO 245
Martes 26 de diciembre de 2023

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d) Anexo IV debidamente cumplimentado con la relación de contratos concertados, prorrogados, extinguidos, etc., en el mes por el que se solicita la subvención o variaciones de
jornada producidas durante el mismo periodo.
e) Informe original, expedido por la Tesorería de la Seguridad Social, relativo a la vida
laboral de cada persona trabajadora por el que se solicita la subvención. siempre que
la persona trabajadora se oponga a la consulta de oficio de la misma por el Servicio
Extremeño Público de Empleo, marcando la casilla correspondiente en el anexo I de la
solicitud.
4. P
 ara la subvención correspondiente a las pagas extraordinarias deberán acompañar la siguiente documentación:
a) Relación de la plantilla de personas trabajadoras en situación o riesgo de exclusión
social de la empresa de inserción, con indicación de aquellas por las que se solicita subvención salarial e incidencias producidas según modelo anexo VI, debidamente sellado
y firmado.
b) Copias de los documentos de cotización a la Seguridad Social en el código de cuenta
cotización referidos a los trabajadores/as objeto de subvención:


1º) Modelos de documentos (RLC) del periodo del programa subvencionado, así como
copias de sus correspondientes justificantes de pago.



2º) Modelos de documentos (RNT) del periodo del programa subvencionado.

c) Copias de las nóminas correspondientes donde consten expresamente las pagas extraordinarias del periodo del programa subvencionado, debidamente firmadas y selladas
por la empresa de inserción.
d) Copias de los justificantes bancarios del abono de las nóminas, por la entidad, al trabajador objeto de subvención. En el justificante deberán constar, los siguientes datos:
el titular de la cuenta, número de cuenta de origen y destino, importe, fecha de pago,
beneficiario de la operación y concepto. No se admitirán, en ningún caso, pagos en
metálico.
Decimoquinto. Cuantía de la ayuda.
1. La cuantía de la ayuda por puesto de trabajo mantenido a jornada completa, será equivalente al 60% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) mensual vigente en cada anualidad.