Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064331)
Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la Mancomunidad de Municipios Sierra de Gata para el funcionamiento y mantenimiento de una Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible.
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NÚMERO 245
Martes 26 de diciembre de 2023

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Si como resultado del correspondiente expediente disciplinario, se concluyera la existencia de
actividad profesional incompatible desarrollada por un trabajador adscrito a la OTUDTS, esta
será causa suficiente para impedir la debida justificación del destino de sus gastos salariales,
financiados mediante el presente convenio.
Séptima. Financiación y compromisos económicos que asumen cada una de las
partes.
La financiación conjunta del objeto del presente convenio asciende a la cantidad de ciento
cuarenta y sietemil ciento sesenta y seis euros con seis céntimos (147.166,06 €).
De acuerdo con la citada financiación, los compromisos económicos que asumen cada una de
las partes firmantes, serán los siguientes:
1. L
 a Junta de Extremadura, a través de la Consejería, aporta a la financiación del presente convenio la cantidad de­­­­­ ciento treinta y cinco mil euros (135.000 €), con cargo
a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año
2023, en la posición presupuestaria 12.007.262A.460.00 con fuente de financiación de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. L
 a Mancomunidad aporta a la financiación del presente convenio la cantidad de doce mil
ciento sesenta y seis euros con seis céntimos (12.166,06 €), con cargo a los Presupuestos de la Mancomunidad para el año 2023. Dicha cantidad corresponde a la diferencia
hasta alcanzar el importe total de cofinanciación de ciento cuarenta y siete mil ciento
sesenta y seis euros con seis céntimos (147.166,06 €).
Octava. Pago y justificación.
1. E
 l pago de la aportación de la Consejería para la financiación del convenio se realizará a la
Mancomunidad en la forma prevista en los apartados siguientes:
a) Un primer abono de un 50% de la cantidad aportada por la Consejería al convenio se
realizará a la firma del mismo.
b) Un segundo abono de un 25% de la cantidad aportada por la Consejería al convenio,
previa presentación por la Mancomunidad de los justificantes que acrediten que se han
realizado gastos por cantidad igual o superior al 25% de la aportación total realizada
por esta Consejería.
c) Un tercer y último abono de un 25% de la cantidad aportada por la Consejería al convenio, que se realizará en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2023 el 31 de
diciembre de 2023, y que estará condicionado a la previa justificación por la Mancomunidad del 50% del importe total de la aportación realizada por esta Consejería.