Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064317)
Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la Mancomunidad de Municipios Río Bodión para el funcionamiento y mantenimiento de una Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible.
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NÚMERO 245
65251
Martes 26 de diciembre de 2023
la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la
liquidación de las mismas en los términos establecidos en los apartados anteriores.
Decimocuarta. Régimen jurídico.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, no contractual, y en lo no dispuesto en
el mismo se estará a lo previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Las partes se comprometen a resolver
de manera amistosa las discrepancias que pudieran surgir sobre la interpretación, desarrollo,
modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente Convenio. Las cuestiones litigiosas que en la ejecución y cumplimiento pudieran aparecer y no
quedasen, se someterán a la Jurisdicción Contencioso – Administrativa, de conformidad con
lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la citada jurisdicción.
Decimoquinta. Publicidad y transparencia.
El presente Convenio está sujeto a la obligación prevista en el artículo 10 de la Ley 4/2013, de
21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura en lo relativo a la publicación del convenio
en el Diario Oficial de Extremadura. Además, será objeto de la inscripción en el Registro de
Convenios.
Igualmente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y en el artículo
10 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, la formalización
del presente Convenio será objeto de difusión electrónica a través del Portal Electrónico de la
Transparencia de la Junta de Extremadura.
Y para la debida constancia de lo acordado, se suscribe el presente Convenio por triplicado
ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha indicado, quedando un ejemplar en poder de
la Mancomunidad y dos en poder de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda.
El Consejero de Infraestructuras, Transporte
y Vivienda,
D. MANUEL MARTÍN CASTIZO
El Presidente de la Mancomunidad,
D. PABLO ASENSIO PÉREZ
65251
Martes 26 de diciembre de 2023
la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la
liquidación de las mismas en los términos establecidos en los apartados anteriores.
Decimocuarta. Régimen jurídico.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, no contractual, y en lo no dispuesto en
el mismo se estará a lo previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Las partes se comprometen a resolver
de manera amistosa las discrepancias que pudieran surgir sobre la interpretación, desarrollo,
modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente Convenio. Las cuestiones litigiosas que en la ejecución y cumplimiento pudieran aparecer y no
quedasen, se someterán a la Jurisdicción Contencioso – Administrativa, de conformidad con
lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la citada jurisdicción.
Decimoquinta. Publicidad y transparencia.
El presente Convenio está sujeto a la obligación prevista en el artículo 10 de la Ley 4/2013, de
21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura en lo relativo a la publicación del convenio
en el Diario Oficial de Extremadura. Además, será objeto de la inscripción en el Registro de
Convenios.
Igualmente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y en el artículo
10 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, la formalización
del presente Convenio será objeto de difusión electrónica a través del Portal Electrónico de la
Transparencia de la Junta de Extremadura.
Y para la debida constancia de lo acordado, se suscribe el presente Convenio por triplicado
ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha indicado, quedando un ejemplar en poder de
la Mancomunidad y dos en poder de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda.
El Consejero de Infraestructuras, Transporte
y Vivienda,
D. MANUEL MARTÍN CASTIZO
El Presidente de la Mancomunidad,
D. PABLO ASENSIO PÉREZ