Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2023064396)
Extracto de la Resolución de 7 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento del empleo de las personas en situación de exclusión social a través de empresas de inserción de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2024.
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NÚMERO 245
65623
Martes 26 de diciembre de 2023
Programa IV:
— 6.000 euros por contratación realizada.
— 10.000 euros por puesto de trabajo autónomo como fórmula de creación de empleo.
Cuando las contrataciones subvencionables sean a tiempo parcial, los importes de las ayudas serán proporcionales a la duración de la jornada estipulada en el contrato.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Durante la vigencia de la convocatoria que será de un año a contar desde el día siguiente a la
publicación de la resolución de la convocatoria y del presente extracto en el DOE, las entidades interesadas deberán presentar la solicitud dentro del plazo siguiente:
Programa I, II, y III: de forma mensual durante el periodo de vigencia de la convocatoria. El
plazo de solicitud será de dos meses a contar desde el día siguiente a la finalización del mes
por el que solicita la subvención.
Programa IV: el plazo de solicitud será de dos meses desde la realización de la contratación o
desde la fecha de alta como autónomo/a, durante el periodo de vigencia de la convocatoria.
Sexto. Otros datos.
El procedimiento para la concesión de las subvenciones es el de concesión directa mediante
convocatoria abierta.
Mérida, 7 de diciembre de 2023.
El Secretario General de la Consejería de
Economía, Empleo y Transformación Digital,
(PD, Resolución de 14 de septiembre de 2023,
DOE núm. 180, de 19 de septiembre)
El Secretario General del Servicio Extremeño
Público de Empleo,
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO
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65623
Martes 26 de diciembre de 2023
Programa IV:
— 6.000 euros por contratación realizada.
— 10.000 euros por puesto de trabajo autónomo como fórmula de creación de empleo.
Cuando las contrataciones subvencionables sean a tiempo parcial, los importes de las ayudas serán proporcionales a la duración de la jornada estipulada en el contrato.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Durante la vigencia de la convocatoria que será de un año a contar desde el día siguiente a la
publicación de la resolución de la convocatoria y del presente extracto en el DOE, las entidades interesadas deberán presentar la solicitud dentro del plazo siguiente:
Programa I, II, y III: de forma mensual durante el periodo de vigencia de la convocatoria. El
plazo de solicitud será de dos meses a contar desde el día siguiente a la finalización del mes
por el que solicita la subvención.
Programa IV: el plazo de solicitud será de dos meses desde la realización de la contratación o
desde la fecha de alta como autónomo/a, durante el periodo de vigencia de la convocatoria.
Sexto. Otros datos.
El procedimiento para la concesión de las subvenciones es el de concesión directa mediante
convocatoria abierta.
Mérida, 7 de diciembre de 2023.
El Secretario General de la Consejería de
Economía, Empleo y Transformación Digital,
(PD, Resolución de 14 de septiembre de 2023,
DOE núm. 180, de 19 de septiembre)
El Secretario General del Servicio Extremeño
Público de Empleo,
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO
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