Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2023064329)
Extracto de la Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar planes de formación dirigidos a la capacitación para el desarrollo de funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2024.
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NÚMERO 245
65580
Martes 26 de diciembre de 2023
En el supuesto de presentar varias solicitudes, solo se tendrá en cuenta la última solicitud
presentada por orden cronológico de entrada en el correspondiente registro, inadmitiéndose a trámite el resto de solicitudes.
2. E
l importe máximo de subvención que cada una de las entidades beneficiarias podrá solicitar y que se le podrá conceder será en términos porcentuales de:
a) El 50% del importe fijado en esta convocatoria para financiar los planes de formación
previstos en el artículo 4.1 a) de la Orden de 16 de noviembre de 2021.
b) El 100% del importe fijado en esta convocatoria para financiar los planes de formación
previstos en el artículo 4.1 b) de la Orden de 16 de noviembre de 2021.
Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente
al de la publicación de la resolución de convocatoria y del extracto de la misma en el Diario
Oficial de Extremadura.
Octavo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el Diario
Oficial de Extremadura, en la resolución de convocatoria, así como en la página web www.
extremaduratrabaja.juntaex.es, e igualmente se podrá acceder a ellos a través de Sistema
Nacional de Publicidad de Subvenciones.
Mérida, 5 de diciembre de 2023.
El Secretario General del Servicio Extremeño
Público de Empleo,
(PD, Resolución de 14/09/2023.
DOE n.º 180, de 19 de septiembre de 2023),
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO
65580
Martes 26 de diciembre de 2023
En el supuesto de presentar varias solicitudes, solo se tendrá en cuenta la última solicitud
presentada por orden cronológico de entrada en el correspondiente registro, inadmitiéndose a trámite el resto de solicitudes.
2. E
l importe máximo de subvención que cada una de las entidades beneficiarias podrá solicitar y que se le podrá conceder será en términos porcentuales de:
a) El 50% del importe fijado en esta convocatoria para financiar los planes de formación
previstos en el artículo 4.1 a) de la Orden de 16 de noviembre de 2021.
b) El 100% del importe fijado en esta convocatoria para financiar los planes de formación
previstos en el artículo 4.1 b) de la Orden de 16 de noviembre de 2021.
Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente
al de la publicación de la resolución de convocatoria y del extracto de la misma en el Diario
Oficial de Extremadura.
Octavo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el Diario
Oficial de Extremadura, en la resolución de convocatoria, así como en la página web www.
extremaduratrabaja.juntaex.es, e igualmente se podrá acceder a ellos a través de Sistema
Nacional de Publicidad de Subvenciones.
Mérida, 5 de diciembre de 2023.
El Secretario General del Servicio Extremeño
Público de Empleo,
(PD, Resolución de 14/09/2023.
DOE n.º 180, de 19 de septiembre de 2023),
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO